Este miércoles, 22 de marzo, se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la Orden de Vedas de esta comunidad autónoma para la próxima temporada cinegética a través de la Resolución ACC/929/2023, de 17 de marzo. En este documento se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2023-2024 en todo el territorio de Cataluña.

El punto 8.3 de esta orden era el más conflictivo del borrador, pero gracias al trabajo de la Federación Catalana de Caza se ha modificado. Éste obliga a la persona o entidad titular del aprovechamiento cinegético a comunicar «con la máxima previsión posible, y en cualquier caso antes de su inicio» al Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, por los medios telemáticos que este Departamento habilite, las batidas de caza mayor previstas, indicando la matrícula del terreno cinegético, la fecha, el horario previsto, el municipio y la ubicación o el paraje de la batida prevista inicialmente. Pero finalmente solamente se deberán comunicar batidas de zonas protegidas, no en la totalidad de cotos como se planteó en un principio, lo que suponía un grave problema organizativo para éstos -ya que, a inicio de temporada, es difícil prever dónde se cazará a finales de ésta en algunos de los acotados catalanes-.

Por otra parte, la orden de vedas no obliga a declarar núcleo zoológico las instalaciones que tengan menos de 15 perros, tal y como exigió la Federación Catalana de Caza a la Generalitat.

Las especies que pueden ser objeto de aprovechamiento cinegético en el territorio de Cataluña en la temporada 2023-2024 son las que figuran en el anexo 1 de la Orden de 17 de junio de 1999 (DOGC núm. 2922, de 2 de julio de 1999), por la que se establecen las especies que pueden ser objeto de caza en Cataluña con la excepción del estornino negro (Sturnus unicolor), la cerceta carretona (Spatula querquedula), el porrón común (Aythya ferina), el porrón moñudo (Aythya fuligula), la avefría (Vanellus vanellus) y el zorzal real (Turdus pilaris), que no se consideran especies susceptibles de aprovechamiento cinegético.

Se excluye la tórtola (Streptopelia turtur) del aprovechamiento cinegético durante la temporada 2023- 2024, además del avefría (Vanellus vanellus) y zorzal real (Turdus pilaris). Por otro lado, durante los dos primeros días de la media veda no se puede disparar a la paloma de campanario (Columba Livia).

Periodos y días hábiles para la caza menor

Macho de perdiz roja cantando.
Macho de perdiz roja cantando. © JDG

La caza menor se llevará a cabo entre el segundo domingo de octubre de 2023 (día 8) y el primer domingo de febrero de 2024 (día 4), ambos incluidos, con algunas especificaciones que vienen en el documento. En las reservas nacionales de caza, reservas de caza y zonas de caza controlada, el periodo hábil de caza es el que indican los diferentes planes técnicos de gestión cinegética (PTGC) anuales.

La caza en el periodo de media veda sólo se puede practicar en los terrenos cinegéticos de régimen especial que lo tengan aprobado en su PTGC. En Catalunya, los días hábiles para la caza de las especies codorniz (Coturnix coturnix), paloma torcaz (Columba palumbus), urraca, estornino vulgar (Sturnus vulgaris) y zorro son el 20 y 27 de agosto y el 3 y 10 de setiembre, exceptuando la demarcación de Lleida y las comarcas de La Cerdanya y El Solsonès que son los jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 20 de agosto al 10 de septiembre, ambos incluidos.

Para la especie paloma bravía (Columba livia), incluidas las variedades domésticas y híbridas, los días hábiles en Catalunya son el 3 y 10 de setiembre, exceptuando la demarcación de Lleida y las comarcas de La Cerdanya y El Solsonès en que son los jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 1 y el 10 de setiembre, ambos incluidos.

El periodo hábil para la práctica de la cetrería es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2023
(día 8) y el cuarto domingo de febrero de 2023 (día 25), ambos incluidos.

Periodos y días hábiles para la caza mayor

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Piara de jabalíes. © Shutterstock

En el territorio de Cataluña para la temporada 2023-2024, los periodos hábiles de caza mayor en las reservas nacionales de caza, reservas de caza y zonas de caza controlada son los que indiquen los respectivos planes técnicos de gestión cinegética (PTGC) anuales. Para el resto de terrenos, áreas privadas y locales de caza, los periodos hábiles de caza mayor son los siguientes:

El periodo hábil para la caza del jabalí, el muflón y el gamo es el comprendido entre el primer domingo de septiembre de 2023 (día 3) y el último domingo de marzo de 2024 (día 31), ambos incluidos.

El periodo hábil de caza de la cabra montés subespecie ibérica es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2023 (día 8) y el 6 de enero de 2024, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2024 y el 31 de mayo de 2024, ambos incluidos y exclusivamente para machos.

El periodo hábil de caza del rebeco es entre el segundo domingo de octubre de 2023 (día 8) y el 31 de enero de 2024, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2024 y el 15 de mayo de 2024, ambos incluidos y exclusivamente para machos.

El periodo hábil del ciervo es entre el segundo domingo de septiembre de 2023 (día 10) y el segundo domingo de octubre de 2023 (día 8), ambos incluidos y exclusivamente para machos y con el método de aguardo o rececho, y entre el 9 de octubre de 2023 y el cuarto domingo de febrero de 2024 (día 25), ambos incluidos y para ambos sexos y con cualquier método.

El periodo hábil es entre el primer domingo de abril de 2023 (día 2) y el tercer domingo de agosto de 2023 (día 20), exclusivamente para machos y con los métodos de aguardo o rececho; entre el primer domingo de septiembre de 2023 (día 3) y el último domingo de noviembre de 2023 (día 26), ambos sexos y con cualquier método; y entre el primer domingo de enero de 2024 (día 7) y el último domingo de marzo de 2024 (día 31), exclusivamente para hembras y con cualquier método.