Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Resolución de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2020/2021.
La publicación de la Orden de Vedas en el BOJA confirma todos los periodos hábiles adelantados por la Federación Andaluza de Caza el pasado 21 de abril en una charla-coloquio emitida en Facebook y YouTube para analizar el contenido y los motivos que han llevado a determinar los periodos establecidos en dicha Orden.
Tal y como indica la Federación Andaluza de Caza en su web, la principal novedad de la Orden es que, pese a la amenaza de prohibición por parte de la Comisión Europea y a las presiones ecologistas, la tórtola común podrá cazarse esta temporada en Andalucía.
Si bien en la Orden de Vedas no se indica su período de caza, debido a que se publicará en una modificación de la Orden que saldrá en los próximos días, la FAC adelanta que el período hábil de la tórtola será de cuatro días correspondientes al último fin de semana (sábado y domingo) de agosto y el primero (sábado y domingo) de septiembre. Esta restricción del período hábil ha conseguido evitar una prohibición cuya ejecución estaba más que avanzada.
La caza de la tórtola, todo un logro
«Pese a esta importante reducción, desde la FAC estamos muy satisfechos con el período hábil de la tórtola, básicamente porque supone poder cazarla una temporada más y evitar una moratoria o prohibición que no habría sido temporal, sino más bien definitiva» señala José María Mancheño, presidente de la FAC.
Mancheño añade: «De hecho, debemos ser conscientes que el problema de la caza de esta especie no ha hecho más que empezar. Este logro, alcanzado gracias al trabajo de la RFEC, las Federaciones Autonómicas y Artemisan sólo es el comienzo de un largo camino en el que deberemos seguir defendiendo un plan integral de gestión de esta especie que no culpabilice únicamente a la actividad cinegética de un problema en el que intervienen muchos más factores».
El zorzal cerrará el 7 de febrero
La otra novedad será la modificación del período hábil del zorzal, que se podrá cazar del 15 noviembre al 7 de febrero, extendiéndose por primera vez hasta la primera semana de febrero. Esta ampliación del periodo del zorzal se produce gracias al Estudio de Fenología Reproducitva de esta especie realizado por la Unidad de Investigación de Recursos Cinegéticos de la Universidad de Córdoba con la colaboración de la FAC y sus sociedades de caza.
«Tras tres años de esfuerzo y estudio, la ciencia nos ha determinado estas fechas como el período más adecuado y en el que podemos cazar el zorzal en Andalucía con todas las garantías jurídicas y técnicas para evitar cualquier problema» explica José Antonio López, coordinador técnico de la FAC.
El resto de la Orden de Vedas de Andalucía 2020/2021 sigue igual
Respecto al recto de períodos hábiles, no se producen modificaciones con respecto a la Orden de Vedas del año anterior en un momento especialmente para su negociación debido a las dificultades surgidas en torno a la crisis sanitaria del Covid-19.
«Desde la Federación Andaluza de Caza queremos agradecer públicamente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía su compromiso en la pronta publicación de la Orden, así como su apuesta por la ciencia y los argumentos técnicos, que se ve reflejada en la posibilidad de continuar cazando, con reducciones, la tórtola ó de modificar el período hábil del zorzal» explica José María Mancheño.
La FAC ha recordado a todos sus cazadores y sociedades federadas que ante cualquier duda o consulta respecto a los períodos hábiles u otra cuestión relativa a la Orden General de Vedas, pueden contactar con el Servicio Técnico federativo a través de la Delegación Provincial de la FAC correspondiente a su provincia.
Puedes descargarte la Orden de Vedas de Caza 2020-2021 de Andalucía pinchando en este enlace.