El sector veterinario se puso en pie de guerra desde la aprobación de la obligatoriedad de notificar las prescripciones veterinarias a Presvet por las «desproporcionadas» medidas y multas que esta supone.
Por todo ello, los veterinarios se han unido para alzarse contra esta implementación del nuevo sistema Presvet y la movilización del sector ha sido unánime. Tanto ha sido así que, incluso diversos colegios veterinarios han apoyado todas las protestas, presentes y futuras.
Bajada de las multas al sector
Ahora, todos estos esfuerzos han dado sus frutos y el sector ha conseguido dar un paso adelante en su lucha contra la reciente normativa. De este modo, el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado varias modificaciones en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, aunque aún están a la espera de publicarse en el Boletín del Estado.
Una de ellas han sido rebajas en las sanciones que se imponen por no notificar las recetas veterinarias de manera correcta y dentro del plazo requerido. Dentro de la ley, dichas sanciones se clasifican en muy graves, graves y leves, suponiendo multas de 60.001 a 1.200.000 euros; de 3.001 a 60.000 euros; y de 600 a 3.000 euros, respectivamente.
Por lo tanto, la «falta de notificación de prescripciones veterinarias a la base de datos Presvet o a las bases de datos autonómicas, en caso de que existan, en los plazos establecidos en la normativa por parte del veterinario prescriptor», al estar incluida en las infracciones muy graves, podía suponer a los veterinarios una multa de más de 1,2 millones de euros.
Tras la aprobación de estas reformas, el cambio pasaría a colocarla dentro de las infracciones leves y quedaría redactada como «la falta de notificación, sin causa justificada, de prescripciones veterinarias a la base de datos Presvet o a las bases de datos autonómicas, en caso de que existan, en los plazos establecidos en la normativa, por parte del veterinario prescriptor, o la comunicación de datos erróneos a tales bases de datos por parte del veterinario prescriptor».
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Dicho de otro modo, este hecho pasaría de formar parte de las infracciones muy graves a hacerlo de las leves, conllevando ahora multas económicas de entre 600 y 3.000 euros o apercibimiento.
En cambio, hay que tener en cuenta que, si la reincidencia se produce en el plazo de dos años, entonces esa segunda infracción leve se consideraría una infracción grave. Asimismo, si se cometiera una segunda infracción grave, o más, en el plazo de dos años desde la sanción de la primera, ya sí se consideraría una infracción muy grave y las multas llegarían hasta los 1,2 millones de euros.