El otoño ha llegado y con él, la temporada ideal para recolectar setas y níscalos. Sin embargo, esta actividad tan popular puede acarrear sanciones significativas, especialmente cuando se trata del uso de vehículos para acceder a las zonas de recolección. Las multas pueden alcanzar hasta los 3.000 euros por circular con el coche por pistas y caminos no autorizados.

En esta época es común ver, en lugares buenos para la recolección de setas, largas filas de coches aparcados al borde de las carreteras cuyos conductores se adentran en el bosque. Esta práctica no solo es sancionable, sino que la Guardia Civil suele imponer multas de 200 euros a los vehículos estacionados en el arcén o en cunetas. Aparcar en caminos de tierra no habilitados también conlleva la misma sanción.

También hay quienes deciden aventurarse por pistas y caminos forestales sin haberse informado de la titularidad de estos o si se puede o no acceder. Esta práctica, aunque común, puede acarrear multas según la legislación vigente.

¿Pueden multarme por circular por un camino o pista forestal sin permiso?

Circular por ciertos caminos o pistas puede estar prohibido. Hacerlo fuera de ellos, también es sancionable. © Shutterstock

La titularidad de los caminos puede ser estatal, autonómica, provincial o municipal, y la regulación de su uso depende del organismo correspondiente. Por ello, es recomendable informarme en cada caso en el ayuntamiento correspondiente y solicitar permisos puntuales -si fuera necesario- para circular sin inconvenientes. Además, las autoridades como Agentes Forestales, Policía Local y Guardia Civil suelen realizar controles en caminos de tierra para identificar a los usuarios y el motivo de su presencia, con el objetivo de prevenir el deterioro causado por vehículos a motor.

En el ámbito judicial, la Ley de Montes (43/2003) y la Ley de Vías Pecuarias (3/1995) establecen que no se puede circular por caminos o zonas forestales con vehículos a motor donde exista prohibición expresa, a menos que sean privados o se cuente con una autorización. Incluso con permiso, la velocidad máxima permitida es de 20 kilómetros por hora y nunca se debe circular en grupo sin un permiso especial adicional.

Ley de Montes, artículo 67. k) Se prohíbe el tránsito o la permanencia en caminos o zonas forestales donde exista prohibición expresa en tal sentido, o incumpliendo las condiciones que al respecto se establezcan, así como la circulación con vehículos a motor atravesando terrenos fuera de carreteras, caminos, pistas o cualquier infraestructura utilizable a tal fin, excepto cuando haya sido expresamente autorizada.

En resumen, aunque la recolección de setas es una actividad muy apreciada en otoño, es crucial cumplir con las regulaciones sobre el uso de vehículos en caminos y pistas forestales para evitar sanciones económicas y contribuir a la conservación del medio ambiente. Lo mejor es solicitar información sobre los permisos necesarios para recoger setas y cómo se puede acceder a los lugares de recolección antes de arriesgarnos a ser multados.

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