El MITECO, en colaboración con el Museo Nacional de Ciencias Naturales autoridad científica CITES, ha publicado en su web un protocolo para la regularización de trofeos de especies sujetas al convenio CITES, un tratado internacional medioambiental que regula la prevención del movimiento transfronterizo de especies en peligro de extinción o que pueden estarlo, para aquellos animales cazados con anterioridad al año 1986. La Fundación Artemisan, en colaboración con el SCI Iberian Chapter, está en contacto con las autoridades administrativa y científica CITES, facilitando el trabajo en ese sentido.

De esta manera, se pretende regular la situación de aquellos trofeos que no poseen documentación CITES a pesar de que cumplen con todos los requisitos establecidos en el Convenio, a través de un procedimiento garante y que se adapte a las distintas casuísticas.

Tasación de los trofeos

Según informa la Web del MITECO, los interesados que posean especímenes de trofeos de caza antiguos de especies incluidas en el anexo A y en el Anexo B incluidas a su vez en el apéndice XIII, del Reglamento (CE) 338/97 de aplicación de CITES en la UE, pueden solicitar al MITECO, como autoridad administrativa CITES, los correspondientes certificados CITES UE de adquisición legal para los mismos, aportando cualquier documentación de que dispongan que pueda facilitar la determinación de su antigüedad y origen. Cabe esperar en este sentido que por ejemplo la aportación de facturas, albaranes, declaraciones de herencias, de aduanas, así como fotografías antiguas, permitan atestiguar el origen legal del trofeo presente en España antes de 1986.

Un instantánea de la época en la que se disecó podría valer como prueba.

El MITECO asimismo informa que, en caso de no disponer de documento u otro elemento de prueba que haga posible la datación de los trofeos, esta se podrá realizar a iniciativa de la autoridad administrativa, previa conformidad del titular y en consulta con el Museo Nacional de Ciencias Naturales como Autoridad Científica CITES, mediante examen y análisis experto de dichos trofeos contando con la asistencia de especialistas en la materia. 

En este contexto, la Asociación Nacional de Taxidermistas (ANTAX), constituye una entidad que podría colaborar en este proceso a través de la aportación de los conocimientos y la experiencia de sus asociados que podrían inspeccionar los trofeos y emitir los correspondientes informes sobre la fecha de elaboración, con el fin establecer si la fecha en la que el animal fue abatido es anterior a 1986.

Colecciones o trofeos individuales

El MITECO informa asimismo en su web que la solicitud de estos certificados CITES puede ser para un conjunto de trofeos o bien de forma individual. En el primero de los supuestos el certificado CITES avalaría a toda la colección a condición de que todos los trofeos permanezcan juntos, mientras que en el segundo supuesto cada certificado avalaría la legalidad de un sólo trofeo; si bien en todo caso cada trofeo deberá estar marcado con un número identificador único que quedará recogido en el certificado CITES emitido.

Finalmente, el MITECO recuerda que para los trofeos de caza de las especies incluidas en el Anexo A del citado Reglamento CE 338/97, está prohibida su venta, oferta de venta, comercialización o fines similares, de acuerdo al artículo 8.1 del citado Reglamento CE; además estas mismas prohibiciones se aplican, según el caso, a algunos trofeos de especies incluidas en el Anexo B incluidas a su vez en el apéndice XIII del citado Reglamento.

Acceso al protocolo: https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/convenios-internacionales/cites-solicitud.html 

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