«Ups, se me escaparon lo juro». Con esa frase, escrita sobre un vídeo que él mismo grabó y subió a redes sociales, un joven de 27 años se retrató liberando un siluro en el río Águeda, a su paso por Ciudad Rodrigo (Salamanca). Lo que probablemente pensó como una broma con gracia entre pescadores acabó siendo la prueba que el Seprona necesitaba para abrir un expediente que ahora le sitúa ante un posible delito contra la flora y la fauna, castigado con hasta dos años de cárcel.
En las imágenes, ya retiradas pero conocidas por la Guardia Civil, se ve al pez regresando al agua de un lanzamiento sin ninguna discreción, como si el gesto de devolverlo a un cauce que no es el suyo no tuviera ninguna consecuencia. El comentario que acompañaba la publicación, a modo de chascarrillo, es justo lo que ha permitido a los investigadores tirar del hilo hasta identificar al presunto autor.
Cómo se destapó el caso
Según la información difundida por la Comandancia de Salamanca, las actuaciones comenzaron el pasado 9 de julio, cuando agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de Ciudad Rodrigo tuvieron conocimiento de la grabación que circulaba en redes. A partir de ahí, las pesquisas permitieron identificar a un varón de 27 años como supuesto responsable de la suelta.
La Guardia Civil le atribuye un presunto delito contra la flora y la fauna por introducir en el medio natural una especie no autóctona que puede alterar el equilibrio biológico del ecosistema fluvial. La gravedad de los hechos investigados no depende solo de la interpretación de los agentes: el siluro (Silurus glanis) figura expresamente en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, regulado por el Real Decreto 630/2013, lo que convierte cualquier suelta no autorizada en una infracción con encaje penal directo.
Qué dice la ley sobre soltar especies invasoras
El artículo 333 del Código Penal es la pieza clave de esta investigación. Este precepto castiga a quien introduzca o libere especies de flora o fauna no autóctona cuando esa acción perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las leyes protectoras de la fauna, con penas de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses, además de la inhabilitación especial para profesión u oficio de uno a tres años, según recoge la legislación penal sobre delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. Es precisamente ese marco el que ha citado la Guardia Civil en la nota remitida a los medios sobre este caso.
Pero el reproche penal no es la única vía. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, obliga a las administraciones públicas a prohibir la introducción de especies alóctonas capaces de competir con la fauna autóctona o de alterar los equilibrios ecológicos, y su título VI tipifica como infracción administrativa la introducción de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras sin autorización. Esto significa que, según cómo se califiquen los hechos y qué vía se siga, una suelta de siluro puede acabar en la jurisdicción penal, en un expediente administrativo sancionador, o en ambos, dependiendo de la valoración del daño causado y de si existía o no permiso previo.
El Instituto Armado ha insistido en que liberar especies exóticas invasoras en la naturaleza no es una travesura sin importancia, sino una práctica que amenaza la conservación de la biodiversidad y puede causar daños ambientales duraderos, muchas veces irreversibles, en el tramo de río donde se introduce el ejemplar.

Por qué el siluro es tan problemático
El siluro no es un pez cualquiera. Es originario del este de Europa, Asia Central y Asia Menor, y llegó a España en 1974, cuando se introdujo en el embalse de Mequinenza (cuenca del Ebro) con fines de pesca deportiva. Desde entonces se ha ido extendiendo, mediante translocaciones y sueltas ilegales, a otras grandes cuencas como la del Tajo, según recoge la ficha oficial que el Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco) dedica a la especie dentro del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
Su problema no es solo el tamaño, aunque impresiona: puede superar los dos metros de longitud y alcanzar los cien kilos de peso. El verdadero riesgo está en su comportamiento como depredador. Según describe el propio Miteco, se trata de un pez bentónico y crepuscular, sedentario y relativamente gregario, que prefiere aguas tranquilas, turbias, profundas y de fondo blando, y que tolera bien la contaminación y cierto grado de salinidad, lo que le permite colonizar hábitats muy diversos. Se trata de un depredador oportunista, voraz y agresivo, cuya dieta incluye peces, anfibios, cangrejos, roedores y hasta aves acuáticas, lo que le permite competir de forma directa con especies piscícolas autóctonas y alterar la estructura trófica completa de un río.
Esa combinación —tamaño descomunal, apetito indiscriminado y capacidad de adaptación a distintos ambientes— es lo que explica que figure entre las especies invasoras más vigiladas en las cuencas españolas donde ya está presente, y por lo que introducirlo en un tramo de río nuevo, como el Águeda, preocupa especialmente a los técnicos de conservación: cada suelta no autorizada puede significar el punto de partida de una nueva población depredadora difícil de controlar y casi imposible de erradicar una vez asentada.
El vídeo, la prueba que destapó todo
Lo llamativo de este expediente es que la propia difusión en redes sociales del momento de la suelta ha sido la vía que ha permitido al Seprona iniciar la investigación. El presunto autor grabó y compartió el instante exacto en el que el pez regresaba al cauce, acompañando la escena con un comentario que, lejos de restar importancia a los hechos, ha terminado siendo determinante para su identificación.
Además de las consecuencias sobre las poblaciones autóctonas de peces, anfibios y otras especies del río, introducir animales de este tipo en cauces, embalses o cualquier espacio natural puede derivar en responsabilidades penales serias para quien lo hace, como recuerda la Guardia Civil en su comunicado sobre este caso concreto. El expediente sigue su curso y, salvo novedades, corresponderá a la autoridad judicial determinar si los hechos constituyen finalmente el delito que ahora se investiga.








