La Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha dado luz verde a una medida largamente esperada por el sector cinegético andaluz. Tras semanas marcadas por borrascas encadenadas, lluvias persistentes y fuertes rachas de viento, la Junta ha decidido ampliar el plazo para poder celebrar aquellas monterías y batidas que tuvieron que suspenderse por causas meteorológicas.

Durante buena parte del mes de enero, la actividad en el medio rural se ha visto seriamente alterada por la inestabilidad atmosférica. Esta situación ha hecho imposible ejecutar numerosas acciones colectivas de control poblacional que estaban correctamente comunicadas y autorizadas dentro del calendario hábil de la temporada 2025/2026.

La resolución, publicada este martes 3 de febrero en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, pretende dar una respuesta administrativa flexible ante un escenario excepcional que ha afectado tanto a la planificación deportiva como a los objetivos de gestión de las poblaciones silvestres.

Una prórroga excepcional hasta finales de mes

La ampliación permitirá que las monterías, ganchos, batidas y batidas de gestión previstas para enero y febrero y suspendidas por el temporal puedan celebrarse hasta el próximo 28 de febrero, sin posibilidad de nuevas prórrogas. La medida se circunscribe únicamente a aquellas acciones que ya estaban comunicadas en tiempo y forma y que no pudieron desarrollarse por motivos meteorológicos.

Desde la Administración autonómica se subraya que esta decisión no altera el marco general de la temporada, sino que actúa como un mecanismo excepcional para compatibilizar la seguridad de las personas con la correcta ejecución de los planes técnicos de los cotos afectados.

El texto de la resolución recuerda además que estas acciones resultan fundamentales para el mantenimiento del equilibrio de las poblaciones de especies de caza mayor y para la prevención de problemas sanitarios, especialmente en un contexto de alta densidad de ungulados.

Obligaciones para los titulares de los cotos

Los titulares de los terrenos cinegéticos que se acojan a esta ampliación deberán comunicar una nueva fecha a la Delegación Territorial correspondiente con una antelación mínima de cinco días hábiles. Junto a esta comunicación será obligatorio presentar una declaración responsable que acredite la imposibilidad de celebrar la jornada en la fecha inicialmente prevista por razones meteorológicas.

La resolución entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA y no agota la vía administrativa, por lo que cabe recurso de alzada en el plazo de un mes.

Por su parte, la Federación Andaluza de Caza ha recordado a las sociedades federadas que tienen a su disposición su Servicio Técnico gratuito para resolver cualquier duda relacionada con la aplicación práctica de esta medida excepcional.

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