La Federación Extremeña de Caza ha lamentado, en un comunicado que «se hayan incumplido los compromisos adquiridos con el sector cinegético» en relación con el Proyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales y la exclusión de la actividad cinegética. Y es que, aunque el texto aprobado ayer por el Consejo de Ministros «incluye mejoras sustanciales con respecto al proyecto inicial», lo cierto es que «aún está muy lejos de los compromisos que se adquirieron en su día», explica FEDEXCAZA.

De esta manera, el proyecto aprobado ayer por el Consejo de Ministros, de aprobarse en sus actuales términos, perjudicaría a cerca de un millón de cazadores españoles. Por eso, Fedexcaza reclama por una parte al PSOE nacional que rectifique y cumpla lo prometido. Por otra parte, la entidad pide a la Junta de Extremadura que «dé un paso al frente y apoye con un pronunciamiento claro, como ha venido haciendo en los últimos años, al sector cinegético».

Detalles del texto

Sobre el texto original, el que se aprobó ayer en el Consejo de Ministros excluye con carácter general los perros utilizados en actividades cinegéticas, de forma que no estarán sujetos a validaciones de comportamiento; no estarán sujetos a las revisiones veterinarias específicas de aptitud ni a estar en posesión de certificado veterinario acreditativo de dicha aptitud, ni de titulación específica; se exceptúa a los cazadores de los cursos de formación; los perros de caza no tendrán edad mínima o máxima para poder cazar; y se elimina la obligación de esterilización a los particulares.

Se trata de modificaciones sustanciales y que han sido posibles gracias al intenso trabajo desarrollado en los últimos meses por el sector y, sin duda, a la movilización de los cazadores en Madrid hace unos meses. Pero, aunque la norma ha tratado de recoger muchas de las reivindicaciones del sector, es evidente que no excluye a la actividad cinegética, a lo cual se comprometió el PSOE en diferentes foros y reuniones. Se ha tratado de hacer una norma más acorde con la realidad pero que aún así sigue siendo negativa para un sector imprescindible para el desarrollo rural y la conservación de los ecosistemas. Una actividad, la caza, que está híper reglada y cuyas competencias están transferidas a las regiones, por lo que el sector solicitó que quedaran excluidas como así lo hacen otras actividades en su artículo 1.3.

Sin embargo, sí que resulta lesivo e injustificado que sin ningún ánimo comercial y para cría esporádica entre particulares, haya que inscribirse en el registro de criadores, para lo cual hay ser profesional, tener una formación obligatoria y cumplir con los requisitos contemplados para un núcleo zoológico. Hay que tener en cuenta que el hecho de que no se pueda criar por particulares conllevará a la desaparición de muchas razas, será contraproducente para la evolución y mejora de los estándares de las razas que sobrevivan a esta criba y, en definitiva, supondrá una limitación de los derechos fundamentales de las personas y sus bienes y usufructos.

Por otra parte, en la exposición de motivos del proyecto legislativo se plasma el sustento ideológico de texto normativo y su carente rigor científico, técnico y de consenso con los agentes implicados, optando por priorizar el regular «la dignidad de los animales», es decir su humanización. En la práctica, se ha obviado el consenso científico sobre el bienestar animal y los sistemas de evaluación y control de la calidad.

Otro aspecto importante es que se endurece el concepto y definición de maltrato: «toda conducta, tanto por acción como por omisión que genera perjuicio y limita las necesidades fisiológicas del animal comprometiendo su saludo y estado físico o psíquico».

El concepto científico, técnico y jurídico de maltrato animal no está armonizado y es complejo de medir, cuantificar o peritar (al igual que la propia condición de bienestar de los animales). Esta paradoja contiene importantísimas repercusiones en la seguridad jurídica de sus propietarios o responsables (no solo cazadores, sino cualquier ciudadano poseedor de un animal de compañía).

Además, al no estar excluida la caza de esta ley, le afectan de lleno las obligaciones establecidas respecto a los animales de compañía (art.26), destacando la obligación de mantenerlos integrados en el núcleo familiar, o en el caso de animales gregarios como son los perros procurarles la compañía que precisen.

En cuanto a las prohibiciones, se establece la prohibición de mantener de forma habitual a los perros en patios y similares. No se tienen en cuenta las circunstancias de vida del animal, si están en un jardín, dentro de una casa o en medio de la dehesa, y se establece que no se puede dejar sin supervisión a un perro más de veinticuatro horas consecutivas.

Otros de los aspectos que condicionará enormemente la actividad son las condiciones de transporte establecidas, ya que impone que además de ventilación tengan climatización, lo que lo hará inviable.

Actividades deportivas y culturales, como el tiro pichón y el silvestrimo son eliminadas sistemáticamente y de manera explícita a través de este proyecto de ley, dejando absolutamente desamparados a decenas de miles de silvestristas y tiradores de nuestro país.

Por último, es tremendamente preocupante la modificación del Código Penal, en el que se proponen penas de prisión e inhabilitación para el uso de armas y la tenencia de animales por causar una lesión que requiera de tratamiento veterinario a cualquier animal vertebrado. Para todas aquellas personas que trabajan con animales, que trabajan en el campo, donde se pueden dar numerosas situaciones fortuitas, o el simple hecho de intentar librarte de una rata, pueden ser objeto de una situación desagradable para prácticamente cualquier persona.

Conclusión

En cualquier caso, «ahora se inicia un largo proceso de tramitación en el que el sector, a través de la Real Federación Española de Caza y de las federaciones autonómicas, trabajarán en todos los frentes para conseguir modificar el texto», explica FEDEXCAZA. Tal y como ha dicho la federación nacional no se descarta la adopción de otras medidas.

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