En Santander, tres animalistas han sido condenadas después de que la Audiencia Provincial Sección 2 haya dictado sentencia acerca de un recurso de apelación de una veterinaria. Las individuas la acusaron, a través de Facebook, de maltrato animal y pusieron en tela de juicio su buen hacer profesional.

Respecto a todo este asunto, la Audiencia ha hecho un repaso de las diversas manifestaciones y actos llevados a cabo por las demandadas. De este modo, han señalado que «resulta indiscutido» que una de ellas difundió por Facebook una serie de afirmaciones en cuanto a la intervención de la veterinaria a un perro.

«Para su sorpresa, la veterinaria se niega a darle asistencia porque la dueña del animal, que es amiga suya, está de camino». «El animal agoniza durante 40 minutos ante la angustia y súplica de la asistente de la chica, ante la total pasividad de la veterinaria». Estas eran algunas de las acusaciones vertidas por las animalistas.

Falsas acusaciones y recogida de firmas

La actuación de las demandadas todavía fue más allá. Promovieron una recogida de firmas después del suceso, apoyada en la siguiente afirmación: «Ayúdanos a conseguir firmas, por favor, ayúdanos a que no quede en un perrito más que ha sufrido y muerto por la falta de empatía de seres sin corazón».

Según recoge la sentencia, otra de las demandadas calificó la intervención de la veterinaria como un «terrible caso de maltrato animal». «Se van a cagar. Dile a tu amiguita que van a ir a por ella y a por su amiga, la dueña, y las voy a hundir», advertía.

De igual modo, otra de ellas afirmó en esta red social que la veterinaria «se negó a atender al perro» a pesar de sus insistencias. También aseguró que dejó al perro agonizando durante 40 minutos y que «le dejó sufrir». «La reacción de la veterinaria, desde el minuto uno, era muy mala y todo era muy oscuro. Qué pena que se defienda este terrible maltrato y una veterinaria que lo tapa todo», continuaba acusando.

La sentencia contra las tres animalistas

Ante todos estos hechos, en la resolución recurrida indican que los comentarios publicados por las demandadas constituyen una crítica a la actuación profesional de la demandante en un caso concreto cuestionándola por retraso y falta de atención ante el perro.

En opinión de la Sala de la Audiencia, «tales comentarios exceden de lo admisible en una crítica de una actuación profesional por contener descalificaciones injuriosas o innecesarias, y no otra cosa puede afirmarse de las expresiones ‘se negó a darle asistencia o total pasividad de la veterinaria’; ‘es un caso de maltrato animal’ o ‘dueña y veterinaria son una hijas de puta’; ‘la veterinaria se negó a atender al perro, le dejó sufrir’».

Asimismo, han considerado que no es una crítica sobre el diagnóstico que pudiera haber hecho la profesional en su condición de veterinaria de urgencias, sino una afirmación de total dejación de sus funciones ante un animal en sufrimiento, asegurando que la actuación profesional de una veterinaria constituye maltrato animal.


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Sobre ello, la sentencia resalta que «obviamente constituye un absoluto descrédito profesional, una afirmación de falta de probidad y ética en el ejercicio de la profesión veterinaria, acompañado en algún caso de un insulto en toda la extensión del término ‘hijas de puta’ que resulta absolutamente gratuito».

La Audiencia Provincial, teniendo en cuenta todo lo mencionado, ha fallado que estima parcialmente el recurso de apelación e indica que las manifestaciones llevadas a cabo en Facebook sobre la actuación de la veterinaria constituyen «una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la demandante».

Por lo tanto, han condenado a las demandadas a cesar en dicha intromisión, a autorizar o retirar los comentarios y a que entreguen una indemnización a la veterinaria con 1.000 euros cada una de ellas.

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