Sacar el permiso armas es el principal requisito para cazar con arma de fuego o practicar deportes en los que éstas se utilizan para competir. Se trata de un procedimiento gestionado por la Guardia Civil que, a pesar de no resultar excesivamente complicado, suele generar bastantes incertidumbres en aquellos que se preguntan por primera vez cómo sacarse la licencia de armas. En este artículo explicaremos de manera sencilla cada uno de los pasos, la normativa aplicable y cuánto te puede costar.
Tipos de licencias de armas
El precio de la licencia de armas y de los documentos necesarios para sacarla por primera vez depende también de qué tipo de licencia de armas se trate. En España hay seis tipos de licencias de armas diferentes: A, B, C, D, E Y F. por ello vamos a diferenciar entre:
Licencia tipo B
Es la que necesitas para utilizar armas cortas (pistolas).
Licencia tipo D
Necesaria para disparar armas largas rayadas (rifles de caza mayor).
Licencia tipo E
Es la más usual, ya que con te autoriza a utilizar escopetas y carabinas del calibre .22
Licencia tipo F
Es la licencia reservada para el tiro deportivo.
Licencias tipo A y tipo C
Son las menos frecuentes y a ellas no puede acceder cualquier civil ni se obtienen por los métodos que explicamos en este artículo. La licencia de armas de tipo A documenta el arma privada de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado. La Tipo C es para el personal de vigilancia y seguridad que no forma parte de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado.
Aunque dependiendo del tipo de licencia la competencia para concederlas puede depender de la comandancia territorial de la Guardia Civil, la Dirección General de la Guardia Civil o la Delegación de Gobierno, lo primero que debes hacer para obtener el permiso de armas es acudir a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil más cercana a tu domicilio, donde podrás presentar cualquier solicitud o instancia se trate del tipo de licencia que se trate.
Requisitos para solicitar la licencia de armas
Para todas ellas necesitas una serie de documentos básicos que citamos a continuación:
- Una instancia o impreso cuyo modelo puedes encontrar en la propia página de la Guardia Civil –puedes obtenerlo pinchando en este enlace–.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Certificado de antecedentes penales en vigor. Lo más cómodo para conseguirlo es marcar una casilla en la propia instancia en la que autorizas a la Guardia Civil a comprobarlos de oficio, lo que elimina un engorro y además 3,70€ de tasas.
- Informe o certificado de estar en posesión de las aptitudes de aptitudes psicofísicas adecuadas. Es importante que esta prueba se realice en la misma provincia en la que se encuentre nuestra Intervención de Armas de la Guardia Civil.
- Documento justificativo del pago de la tasa. Se trata del Modelo o Formulario 790. Normalmente este documento se puede bajar de la página web del Ministerio de Interior o la de la propia Guardia Civil pinchando en este enlace. También te lo pueden dar físicamente en cualquier puesto de la Guardia Civil y se paga en cualquier banco. Todos tienen obligación de aceptar su pago y de entregar la copia sellada para el solicitante.
Además, hay algunos tipos de licencia que exigen documentación adicional:
Tipo D y Tipo E: para obtener las licencias de rifle (categoría 2.2) y escopeta (3.2), respectivamente, hay que facilitar documentación que justifique la práctica de la caza o el tiro. Suele bastar una licencia de caza o la acreditación de pertenecer a un club de tiro, una sociedad de cazadores o la tarjeta federativa de cualquiera de las autonómicas de caza y tiro.
En el caso de la Tipo D también hay que acreditar la posesión de un armero con su certificado de homologación Norma UNE EN 1143-1-Grado I y la consiguiente factura: la Guardia Civil se asegura así de que tus rifles estarán protegidos frente a robos.
Según el Reglamento de Armas, cuando solicitemos la licencia para armas Tipo E para carabina del calibre. 22 (categoría 3.1) no hay que presentar ningún justificante o documento que acredite la práctica cade la caza o el tiro, pero lo cierto es que la Intervención de Armas de la Guardia Civil lo pedirá.
Para obtener la licencia Tipo F hay que tener tarjeta federativa en vigor. Se trata de uncertificado expedido por la federación correspondiente acreditativo de su condición de socio, modalidad de tiro que practica y la categoría del tirador.
Curiosamente, para sacar la licencia de armas Tipo B –pistola–, que es de concesión muy restringida, no hace falta examen de armas. El que quiera sacar este tipo de licencia tiene que saber que su concesión es discrecional –y muy restringida– por parte de la Dirección General de la Guardia Civil y hay que tener un armero homologado de acuerdo con la norma UNE EN 1143-1. de grado III, además de tener un buen motivo que justifique la necesidad de poseer un arma corta, teniendo en cuenta que la defensa personal no es suficiente aval.
Licencia de armas para menores de edad (AEM)
En el caso de los menores de 18 años, el Reglamento de Armas concede una licencia diferente denominada Autorización Especial de Menores (AEM). Para estos supuestos el reglamento exige que, además de lo anterior, la persona que ejerza la patria potestad –normalmente los padres–, o la tutela del menor, facilite la siguiente documentación que se añade al anterior:
- Autorización al menor para que pueda hacer uso de armas; hay que señalar expresamente qué tipo de armas. Esta autorización se puede otorgar ante notario, policía, intervención de arma, Ayuntamiento etc.
- Fotocopia del DNI de la persona que ejerce la patria potestad.
- Certificado de antecedentes penales, o autorización concedida a la Guardia Civil para que recabe esta información en los ficheros de la administración.
Hay que saber que para utilizar armas largas rayadas –categorías 2ª. 2 y 3ª. 1.– hay que ser mayor 16 años, permitiéndose las escopetas para mayores de 14 –categorías 3ª. 2 y 3ª. 3–. Naturalmente, los menores de 16 años no tienen que presentar certificado de penales.
¿Cuánto cuesta sacar el permiso de armas?
Hay tres tipos de gastos obligatorios para el examen de armas:
1.Tasas por la solicitud del permiso de armas. Aunque no parezca muy lógico, las tasas son ligeramente diferentes dependiendo del tipo licencia:
-Licencias de armas cortas y largas rayadas: 15,57 euros
–Resto de licencias: 11,68 euros
2. Examen de armas o examen de capacitación: 95,98 euros.
3. Test psicofísico: El precio del test psicofísico depende de centro al que acudamos y de la provincia en la que nos encontremos, con importantes diferencias. El precio puede oscilar entre los 35 y 60 euros para para la obtención de licencia, es decir para pasar el examen de armas. Curiosamente se cobra cinco euros más cuando se trata de una renovación de licencia en vez de la primera expedición.
En total, podemos decir que obtener una licencia de armas para cazar con escopeta –la más común– nos puede salir por unos 160 euros. Una cifra que se puede rebajar si nos movemos y localizamos un centro médico que realice test psicofísicos más económicos.
Temario
La primera vez que vamos a obtener la licencia tendremos que realizar un examen de permiso de armas que consta de una parte teórica y otra práctica. Para ello la Guardia Civil te facilita unos test de licencia de armas, cuando presentas la Instancia de Solicitud de Autorización de Armas. El contenido del test de licencias de armas D y E se señala en la Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, y se divide en una prueba teórica y otra práctica:
Parte teórica
El examen de licencia de armas es tipo test, con una serie de preguntas del permiso de armas en el que se ofrecen tres respuestas posibles y hay que escoger una, al igual que en el carné de conducir. De las 20 preguntas que nos plantean hay que responder correctamente 16 de ellas en 20 minutos para aprobar.
Tema 1 (Funcionamiento de las armas):
- Piezas fundamentales y mecanismos de disparo y seguridad.
- Conservación y limpieza de las armas.
- Medidas de seguridad a adoptar en la tenencia de las armas.
Tema 2 (Categorías)
- Armas semiautomáticas, armas de repetición, armas prohibidas.
Tema 3 (Circulación de las armas)
- Revista de armas.
- Transferencia de armas.
Tema 4 (Documentación para la tenencia y uso de armas)
- Condiciones generales para la obtención de licencias y Tarjeta Europea de Armas de Fuego.
- Trámite de las solicitudes.
Tema 5 (Régimen sancionador)
- Infracciones muy graves, graves y leves.
- Retirada de las armas.
Tema 6 (Reparación de armas)
- Prueba de armas.
- Depósito de armas.
Si quieres conocer las preguntas del test de licencias de armas y hacer unos tests de pruebas, puedes hacerlo a través del siguiente link.
Parte práctica
Sólo se puede acceder al examen práctico una vez aprobado el teórico y en un plazo máximo de seis meses después de aprobar este último, de lo contrario hay que volver a hacer el examen teórico. Al realizar esta prueba la Guardia Civil pretende comprobar la seguridad de las acciones básicas del uso de armas: no se pretende calificar la puntería o habilidad del usuario, sino que éste no va a hacer daño con el arma ni a él mismo ni a terceros.
El arma con el que se vaya a realizar el examen práctico puede ser de un amigo, en cuyo caso éste deberá acompañar a solicitante, o puede ser del centro de formación, a través del cual pueda presentarse el solicitante, en su caso, al igual que pasa con los exámenes de conducir a los que el interesado puede presentarse a través de autoescuela o por libre.
El examen práctico de armas consta de cuatro partes:
1. Cargar el arma
- Valoración positiva:
- Realización correcta de todos los actos precisos para que el arma quede lista para producir el disparo.
- Aspectos negativos:
- No ejecutar de forma correcta todos los actos precisos para que el arma quede lista para producir el disparo.
- Dirigir la boca de fuego del arma a lugar distinto del de localización de los blancos.
- Efectuar durante esta acción algún disparo. Colocar durante esta acción el dedo en el disparador.
2. Apuntar
- Valoración positiva:
- Utilización correcta de los órganos visuales y miembros superiores del tirador para obtener la alineación de los elementos de puntería del arma con el blanco.
- Utilización de sus miembros inferiores para obtener una estabilidad suficiente que mantenga durante un tiempo prudencial dicha alineación.
- Aspectos negativos:
- No utilizar correctamente los órganos visuales y miembros superiores del tirador para obtener la alineación de los elementos de puntería del arma con el blanco.
- Utilización incorrecta de sus miembros inferiores para obtener una estabilidad suficiente que mantenga durante un tiempo prudencial dicha alineación.
- Dirigir la boca de fuego del arma a lugar distinto del de colocación de los blancos.
- Efectuar durante esta acción algún disparo.
3. Disparar
Se realizará en la posición de pie y sin apoyo y es diferente para cada tipo de arma.
En el caso de las armas largas rayadas –rifle– deberás realizar cinco disparos a una diana de 50 centímetros de diámetro, situada a 25 metros de la línea de tiro.
- Valoración positiva:
- Realización de los cinco disparos con resultado de, al menos, un impacto en la diana.
- Aspectos negativos:
- Dirigir la boca de fuego del arma a lugar distinto del de localización de los blancos.
- Efectuar algún disparo antes o después del toque de silbato que indique el comienzo o final de la acción.
- Realización de los cinco disparos sin obtener, al menos, un impacto en la diana.
- Finalizado el ejercicio, quedar algún cartucho sin disparar.
En el caso de las escopetas tendrás que disparar dos veces a una diana de 50 centímetros de diámetro, situada a 25 metros de la línea de tiro.
- Valoración positiva:
- Obtener un plomeo suficiente sobre la misma, de acuerdo con el arma empleada.
- Aspectos negativos:
- Dirigir la boca de fuego del arma a lugar distinto del de la localización de los blancos.
- Efectuar algún disparo antes o después de haber dado la señal que indique el comienzo o final de la acción.
- Realización de los dos disparos sin obtener un plomeo suficiente en la diana.
- Finalizado el ejercicio, que el arma quede con algún cartucho sin disparar.
4. Descargar
- Valoración positiva:
- Realización correcta de todos los actos precisos para retirar del arma el o los casquillos utilizados en el disparo.
- Que el arma quede lista para ser cargada de nuevo.
- Aspectos negativos:
- No ejecutar todos los actos precisos para retirar del arma el o los casquillos utilizados en el disparo.
- Agotar el tiempo asignado para esta acción.
- No dejar el arma lista para ser cargada de nuevo.
Consejos para sacar el permiso de armas
A la hora de efectuar la prueba práctica conviene tener las ideas muy claras y seguir normas estrictas de seguridad, respeto y obediencia a las indicaciones del instructor de la Guardia Civil. Si no le obedeces suspenderás. Puedes encontrar, gratuitamente, un temario desarrollado y las preguntas del test de licencia de armas en la app para smartphone Licencia de Armas España. En ella podrás preparar la parte teórica y prepararte este examen realizando simulaciones reales del examen al que semanas después deberás enfrentarte.
Cómo renovar la licencia de armas
En España, a diferencia de otros países de Europa, hay que renovar la licencia de armas ya que su validez es limitada. Este periodo depende del tipo de licencia:
- Tipo B
Tiene validez de tres años y sólo permite amparar una única arma. A diferencia del resto de las licencias está no se renueva, si no hay que solicitarla como si fuera la primera vez, aunque tampoco se exige para este tipo superar el examen de armas, tal y como hemos dicho.
- Tipo D
Tiene una duración de cinco años y ampara un número ilimitado de armas.
- Tipo E
Tiene una duración de cinco años y ampara hasta un máximo de 12 armas: seis carabinas y seis escopetas. Hay que tener en cuenta que con esta licencia también se pueden tener ballestas y armas lanzacabos.
- Tipo F
Tiene validez de tres años.
En caso de ser mayor de 60 años la renovación de las licencias se efectúa cada dos años. La renovación de la licencia de armas para mayores de 70 años se hace cada año.
Parte de la documentación que hay que aportar la hemos mencionado ya, por lo que nos limitamos a relacionarla:
- La instancia de renovación. Es el mismo modelo que hemos indicado anteriormente
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Certificado de antecedentes penales en vigor o la autorización a la Guardia Civil para hacerlo en nuestro nombre. Verás que ya viene incluida la casilla que hay que marcar para ello en la instancia modelo.
- Certificado psicofísico.
- Abono de la tasa correspondiente. Es el mismo modelo 790 que hemos mencionado antes.
Cada vez que se renueva la licencia de armas hay que acreditar la dedicación a la caza o el tiro de la misma forma que señalábamos más arriba sin embargo si ya hemos tenido una licencia TIPO D anteriormente no tendremos que acreditar tener un armero homologado para renovar este tipo de licencia. Naturalmente tampoco hay que volver a realizar el examen de armas para renovar ninguna licencia.
Cesión temporal de armas
Los ciudadanos españoles y extranjeros residentes en España pueden prestar sus armas de caza a quienes tengan licencia de caza y licencia para armas largas rayadas para caza mayor o para escopeta de caza, según los casos. Tal y como informa la Guardia Civil en su página web, la cesión será exclusivamente para cazar y se documentará con una autorización escrita, fechada y firmada por el titular del arma.
De igual forma, para la práctica de tiro deportivo, los titulares de las pistolas, revólveres y armas de concurso pueden prestar este tipo armas con una autorización por escrito a quienes estén habilitados legalmente para su uso.
Del mismo modo, con la oportuna autorización escrita y a los mismos efectos expuestos, se podrán prestar las armas documentadas con tarjeta de armas.
Puedes pinchar en este enlace para acceder al modelo de cesión temporal.