La entrada en vigor de la controvertida Ley de Bienestar Animal dejaba en 2023 sus primeras consecuencias sobre ciudadanos que, lejos de querer hacer daño, simplemente actuaron con buena voluntad. Antonio Martínez Navas, un veterano cazador de Tarragona de 74 años, fue uno de los primeros afectados. Su decisión de acoger a una cachorra mestiza de braco alemán le acarreó una propuesta de sanción que pudo alcanzar los 10.000 euros.

Todo ocurrió el 24 de octubre de ese año en el restaurante que regenta en Rodonyà, un pequeño municipio de Tarragona. La perra, de apenas tres meses, se encontraba en un transportín dentro del local mientras Antonio se preparaba para llevarla al veterinario a cumplir con los requisitos legales: vacunación e identificación. La cachorra procedía de una conocida de Valencia que la había ofrecido en adopción a través de una empleada del restaurante. Antonio, aficionado a la caza mayor y menor tanto en su tierra como en Huesca, aceptó encantado.

Visita inesperada del Seprona

Sin embargo, lo que parecía un acto de generosidad acabó en tensión. Aquella mañana dos agentes del Seprona entraron en su restaurante y, al ver a la perra, preguntaron por su procedencia. Antonio explicó con tranquilidad que acababa de adoptarla y que tenía una cita con el veterinario ese mismo día.

A pesar de su explicación y de presentar un certificado veterinario con la cita programada, los agentes decidieron proceder a su identificación. «Usted tiene que tener los papeles», le espetó uno de ellos, mientras su compañero se alejaba con su DNI hacia el coche patrulla. Según contó Antonio a Jara y Sedal, al preguntar por qué tardaban tanto, la respuesta fue tajante: «Estará comprobando sus antecedentes penales».

Multas por «malas condiciones» y falta de identificación

La denuncia que recibió posteriormente estaba amparada en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en vigor desde el 29 de septiembre. Según el documento, el hombre habría incurrido en una infracción leve por tener a la perra en un «habitáculo inadecuado» y sin identificar.

El artículo 27 de dicha ley prohíbe entregar en adopción animales no identificados previamente por el propietario anterior, algo que en este caso no se había cumplido, dado que la perra no estaba aún registrada. A ello se suma el artículo 26.b), que exige que el alojamiento temporal del animal cumpla unos requisitos mínimos de protección, tamaño y condiciones higiénicas.

Ambas infracciones están tipificadas como leves y pueden acarrear sanciones desde 500 hasta 10.000 euros. Las infracciones graves suben la multa hasta los 50.000 y las muy graves, hasta los 200.000 euros.

Cuando adoptar puede salir caro

Antonio, que lleva toda una vida en el mundo rural y en contacto con animales, no salía de su asombro. «Nunca pensé que por intentar darle una vida mejor a un perro pudiera acabar así», aseguró. Su caso es solo uno más de los que comenzaron a surgir tras la implantación de una normativa que, bajo la premisa de proteger a los animales, está generando situaciones surrealistas entre quienes, como él, actuaron con humanidad pero sin conocer los detalles legales.

Sobre el autor