El Boletín Oficial de Castilla y León, en su edición del pasado 14 de mayo, recogía una serie de modificaciones significativas en la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos. Algunos de estos cambios han generado ciertas dudas entre los cazadores que trataremos de solventar en este artículo.

Permitido caminar por caminos con armas

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Un cazador se desplaza con el arma al hombro por un camino.

Entre las modificaciones más notables se encuentra la actualización de varios apartados del artículo 30, referente a las zonas consideradas de seguridad. En él se especifica que a partir de ahora «en los terrenos citados en el apartado 1.c)» -es decir, en caminos de uso público, vías pecuarias señalizadas y rutas ciclo turistas, BTT y trial homologadas y señalizadas- ahora se permite portar armas abiertas o con el seguro puesto en periodos, días u horarios hábiles para la caza, siempre y cuando no haya personas o vehículos no relacionados con la cacería a la vista.

En la práctica esto supone poder utilizar los caminos para poder desplazarnos caminando con nuestras armas de una zona de caza a otra durante un rececho o en la caza en mano, por ejemplo, sin cometer ninguna una ilegalidad.

Colocar puestos en caminos y otras vías habilitadas

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Cazadores durante una batida en Francia. © Israel Hernández

Además, durante las cacerías colectivas de caza mayor, se podrán colocar puestos en los mismos terrenos del apartado 1.c) (caminos de uso público, vías pecuarias señalizadas y rutas ciclo turistas, BTT y trial homologadas y señalizadas) siempre que las cacerías estén debidamente señalizadas, lo que representa una mayor flexibilidad para los cazadores y una mejor organización de las jornadas de caza.

Derecho de tanteo y retracto en los cotos

Otro cambio relevante es la legalización del derecho de tanteo y retracto en los contratos de arrendamiento del aprovechamiento cinegético. El apartado 5 del artículo 25 ha sido modificado para favorecer la continuidad de la gestión cinegética, permitiendo que en los contratos de arrendamiento de los cotos de caza públicos y privados se establezcan estos derechos a favor del arrendatario anterior.

Esto quiere decir que, ante una oferta que supere al resto realizada por ejemplo en una subasta en la que el pliego de condiciones recogiera este precepto, el último arrendatario podría igualarla para continuar con el aprovechamiento y la gestión realizada hasta el momento.


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El lobo, fuera de la ley de caza

Un lobo en una foto de archivo. © Shutterstock

Por otra parte, entre las modificaciones más significativas en la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos destaca que el lobo haya sido excluido de los periodos de caza habilitados.

Este hecho refleja la política de protección de la especie que fuera blindada en 2021 con su inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE), momento en el que dejó de ser posible su caza o control en toda España.

Nuevo periodo de caza del jabalí

El jabalí, una de las especies más abundantes en Castilla y León. © Shutterstock

Finalmente, se ha modificado el periodo de caza del jabalí. Ahora se establece un primer periodo hábil desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto y del 1 de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre, exclusivamente para rececho y esperas diurnas.

El segundo periodo se extiende desde el cuarto domingo de septiembre al cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas las modalidades.

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