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Castilla y León cambia las normas: ya no será necesaria una autorización específica para usar visores térmicos y nocturnos en la caza mayor

La Junta suprime el documento nominativo exigido desde septiembre. Desde el 22 de octubre bastará con tener derecho a cazar en el terreno, aunque se mantienen las restricciones de especies, modalidades y horarios.

Castilla y León ha rectificado uno de los requisitos que introdujo en septiembre para utilizar dispositivos de visión térmica y nocturna durante la caza. El Boletín Oficial de la Comunidad publica este miércoles, 21 de octubre, una modificación que elimina la autorización nominativa específica del titular cinegético que hasta ahora necesitaban los cazadores para transportar, tener y emplear estos equipos.

La nueva Orden AGR/1091/2026, de 16 de octubre, modifica la regulación aprobada apenas unas semanas antes mediante la Orden AGR/962/2026. El cambio entrará en vigor mañana, 22 de octubre, y afecta al documento adicional exigido para los dispositivos, sin ampliar las especies ni las modalidades en las que pueden utilizarse.

Por qué se elimina la autorización

La orden de septiembre establecía que el cazador debía contar con una autorización nominativa expedida por el titular cinegético o su representante legal, siguiendo el modelo disponible en la web de la Junta. Ese requisito figuraba entre las condiciones para transportar, tener y emplear los dispositivos autorizados. Ahora, la propia Administración considera innecesaria esa exigencia. Su explicación parte de la Ley de Caza de Castilla y León, que reconoce el derecho a cazar en un terreno tanto al titular cinegético como a las personas autorizadas por él.

Por tanto, quien ya tenga derecho a cazar allí no necesitará otro permiso específico para utilizar estos equipos dentro de los supuestos permitidos. La Junta suprime expresamente la letra que imponía ese documento y mantiene el contenido de las restantes condiciones.

Los visores montados siguen limitados a las esperas nocturnas de jabalí

La modificación no cambia la distinción que Jara y Sedal explicó el pasado 29 de septiembre entre los aparatos utilizados por separado y los montados en el arma. Tampoco convierte su empleo en una posibilidad abierta a cualquier jornada de caza mayor. Durante el horario comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, los dispositivos pueden utilizarse en recechos y aguardos o esperas de jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón. En esos casos deben permanecer separados del arma durante la acción de caza.

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Un cazador con un monocular térmico. © Israel Hernández

Fuera de ese horario, su utilización sigue limitada a los aguardos o esperas de jabalí. Es en ese supuesto nocturno donde pueden emplearse también acoplados o montados en el rifle. Continúan excluidas la caza menor, la cabra montés y el rebeco, así como las monterías, los ganchos y las modalidades al salto y en mano.

Qué obligaciones se mantienen

El nuevo texto conserva la prohibición de disparar basándose exclusivamente en la señal térmica o en la imagen del dispositivo. Antes de hacerlo, el cazador debe identificar la especie y comprobar que el ejemplar cumple las condiciones de la autorización de caza, incluidas las relativas a edad o sexo cuando procedan.

También se mantiene la obligación de llevar los equipos apagados y dentro de sus fundas fuera de los supuestos y horarios autorizados. Si se transportan en un vehículo a motor, deberán estar fuera del alcance inmediato del conductor y de los pasajeros.

La consecuencia práctica es que, desde este jueves, desaparece el documento o autorización adicional para quienes ya pueden cazar en el terreno. El permiso específico para el térmico o nocturno deja de ser necesario, pero las condiciones que delimitan su utilización continúan vigentes.

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