La Junta de Castilla y León ha publicado este martes, 29 de septiembre, la orden que regula el uso de dispositivos de visión térmica y nocturna durante la caza. La norma concreta por fin qué equipos podrán utilizarse, con qué especies y en qué modalidades. La distinción decisiva para los cazadores es si el dispositivo va montado en el arma: durante el horario ordinario de caza deberá utilizarse separado de ella, mientras que en las esperas nocturnas al jabalí podrá emplearse también acoplado.
La Orden AGR/962/2026, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL), entrará en vigor mañana, 30 de septiembre. Autoriza, bajo determinadas condiciones, el transporte, la tenencia y el empleo de dispositivos de visor con convertidor o amplificador electrónico de imagen, incluidos los visores térmicos. La autorización alcanza tanto a equipos acoplados al arma como a los que se utilizan por separado, pero establece reglas distintas según el horario y la especie.
De día, en recechos y esperas de cinco especies
Durante el periodo comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, estos dispositivos podrán utilizarse para cazar jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón. Las modalidades autorizadas son el rececho y el aguardo o espera.
En todos esos casos hay una condición esencial: el aparato no puede encontrarse acoplado ni montado en el arma durante la acción de caza. Por tanto, la orden permite servirse de la visión térmica o electrónica como ayuda para observar y localizar animales en esas modalidades, pero no autoriza a apuntar con un visor térmico instalado en el rifle dentro de ese horario.
Esta es una de las precisiones que faltaban cuando la Junta anunció la medida en julio. Entonces avanzó que los equipos podrían utilizarse para el jabalí durante la noche y para otras especies de caza mayor durante el horario que va de una hora antes del amanecer a una hora después del ocaso. Sin embargo, el anuncio no dejaba claro si hablaba de aparatos independientes de observación, de visores de puntería montados en el arma o de ambos. La orden publicada hoy establece expresamente esa diferencia.
Tampoco abre la posibilidad a todas las especies de caza mayor. Aunque autoriza el uso para las cinco citadas en rececho y espera, excluye de forma expresa la cabra montés y el rebeco. La relación de especies y modalidades autorizadas es, por tanto, más concreta que la referencia general al «resto de la caza mayor» empleada en el anuncio inicial.
Visores montados en el arma, solo en esperas nocturnas de jabalí
La autorización cambia fuera del horario comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta. En ese tramo nocturno, la orden permite emplear los dispositivos únicamente para cazar jabalíes en la modalidad de aguardo o espera. En este supuesto sí podrán utilizarse tanto separados del arma como acoplados o montados en ella.
Es la novedad de mayor alcance para quienes realizan esperas al jabalí: podrán usar durante la noche un visor térmico o un dispositivo electrónico de visión nocturna montado en el rifle, siempre que cumplan el resto de las condiciones de la orden. La autorización nocturna no se extiende al rececho ni a las esperas de ciervo, corzo, gamo o muflón.
La norma se apoya en una excepción prevista en la Ley de Caza de Castilla y León. Su artículo 34 prohíbe con carácter general determinados dispositivos de visor para tiro nocturno, incluidos los térmicos, mientras que el artículo 32.3 permite autorizar algunos medios prohibidos cuando se haya comprobado su carácter selectivo y no masivo. La Junta considera que estos aparatos ayudan a identificar y localizar determinadas especies y que, bajo las condiciones fijadas, pueden mejorar la eficacia de la actividad cinegética ordinaria.
Monterías, ganchos y caza menor quedan fuera
La orden también delimita con claridad dónde no podrán emplearse estos equipos. Prohíbe su transporte, tenencia y uso para practicar cualquier modalidad de caza menor y para cazar cabra montés o rebeco. Además, excluye las modalidades de montería, gancho, al salto y en mano, sea cual sea la especie.
Esto significa que la autorización para el jabalí no permite llevar o utilizar estos dispositivos en una montería o un gancho. Tampoco basta con que la especie sea una de las cinco admitidas: la acción de caza debe desarrollarse en rececho o aguardo/espera y respetar las condiciones particulares del horario.
El texto regula conjuntamente el empleo, la tenencia y el transporte de los dispositivos durante la práctica de la caza. Esa precisión importa porque sus restricciones no se limitan al momento de mirar por el aparato o de efectuar un disparo. La propia orden establece cómo deben permanecer los equipos cuando se encuentren fuera de los supuestos y horarios autorizados.
Hará falta una autorización nominativa del titular cinegético
Para transportar, tener o emplear estos dispositivos durante la acción de caza será necesaria una autorización nominativa expedida por el titular cinegético o su representante legal. La Junta señala que deberá utilizarse el modelo disponible en el apartado de Caza de su página web. La orden no presenta, por tanto, el uso del equipo como una decisión que el cazador pueda adoptar por su cuenta sin ese documento.
También fija una regla para el momento del disparo. El cazador no podrá disparar basándose exclusivamente en la señal térmica o en la imagen del dispositivo. Antes tendrá que identificar la especie cinegética y comprobar que el animal se ajusta a las condiciones de la autorización de caza, incluidas las relativas a edad o sexo cuando correspondan.
Fuera de los casos y horarios en que esté autorizado su empleo, los aparatos deberán permanecer apagados y dentro de sus fundas. Si se transportan en un vehículo a motor, tendrán que situarse fuera del alcance inmediato del conductor y de los pasajeros. Son obligaciones expresas de la nueva norma, que advierte además de que su incumplimiento puede constituir una infracción administrativa conforme a la Ley de Caza autonómica.
La orden indica, por último, que sus disposiciones podrán quedar sin efecto en resoluciones dictadas para controles poblacionales, emergencias cinegéticas o autorizaciones excepcionales al amparo de los artículos 52, 69 o 71 de la Ley de Caza. Esos supuestos requerirán atender a lo que establezca cada resolución; no modifican las reglas generales para los recechos y esperas ordinarios.
Con la publicación de hoy queda despejada la principal incógnita del anuncio de julio: sí se autorizan los visores montados en el arma, pero únicamente para las esperas nocturnas de jabalí. Para el jabalí y las otras cuatro especies admitidas durante el horario ordinario, los dispositivos podrán utilizarse en recechos y esperas siempre que permanezcan separados del arma y el cazador cuente con la autorización nominativa exigida.








