La Administración autonómica de Extremadura ha dado luz verde a uno de los plazos más esperados por los titulares de cotos en la región. Se trata de la solicitud de la bonificación fiscal ligada a las inversiones destinadas a la mejora y conservación de los aprovechamientos cinegéticos, una medida que busca incentivar el mantenimiento del territorio y la gestión responsable.

El periodo para presentar la solicitud permanecerá abierto del 1 al 20 de enero, y todas aquellas peticiones que se registren fuera de ese margen quedarán automáticamente excluidas del beneficio fiscal, según ha recordado la propia Junta.

La bonificación permite aplicar una reducción del 15 % sobre la cuota íntegra del impuesto, con un límite máximo de 1.200 euros, siempre que esa cantidad no supere el importe de la inversión ejecutada durante el año natural anterior. El incentivo se aplica únicamente a actuaciones consideradas bonificables por la Consejería competente en materia de caza.

Antes de entrar en el detalle del procedimiento, conviene subrayar que el trámite es exclusivamente telemático, aunque no es obligatorio disponer de certificado digital para completarlo. Este punto facilita el acceso a muchos titulares que no cuentan con herramientas electrónicas avanzadas.

Qué inversiones dan derecho a la bonificación

Se consideran inversiones bonificables aquellas realizadas en 2025 que estén destinadas de forma directa a la mejora o conservación del coto, siempre que cumplan los criterios fijados por la Administración autonómica. Las actuaciones deberán estar debidamente justificadas mediante facturas claras y completas.

Estas facturas deben identificar sin ambigüedades el objeto de la actuación, el lugar concreto donde se ha llevado a cabo y la fecha de ejecución. La Junta de Extremadura se reserva el derecho de solicitar documentación adicional si existen dudas sobre alguna de las inversiones declaradas.

En el caso de las Sociedades Locales de Cazadores, el IVA no deducible puede computarse como parte del coste de la inversión, un detalle relevante que puede incrementar el importe bonificable y que conviene tener en cuenta al preparar la documentación.

Cómo presentar la solicitud y quién puede hacerlo

La solicitud debe presentarla el titular del coto, aunque puede ser gestionada por una tercera persona o entidad, siempre que se faciliten los datos necesarios. Para identificar correctamente el aprovechamiento será imprescindible aportar el número de referencia del coto, que figura en la carta remitida por la Junta.

Desde la Federación Extremeña de Caza han recordado que ofrecen apoyo a los cotos que lo soliciten para la correcta tramitación y presentación de la documentación, una ayuda que puede resultar clave para evitar errores de forma.

El acceso al procedimiento se realiza a través del portal tributario de la Junta de Extremadura, donde ya está habilitado el formulario correspondiente para cursar la solicitud dentro del plazo establecido.

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