La Asociación de Rehalas Regionales ‘Caza y Libertad’ (ARRECAL) ha solicitado formalmente a la Unión Europea que se excluya a la actividad cinegética de la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de animales durante el transporte y las operaciones conexas.
En una carta presentada dentro del plazo habilitado por Europa para hacer comentarios a la propuesta de reglamento de transporte de animales, el presidente de la asociación rehalera, Felipe Vegue, ha expuesto los motivos por los que considera que la actividad cinegética debería quedar fuera del ámbito de aplicación de dicho reglamento: «Hemos presentado este escrito porque consideramos que el reglamento afecta a los intereses del colectivo al que representamos». A Vegue le «sorprende lamentablemente que en las consultas con las partes interesadas los organismos europeos no hayan tenido en cuenta a asociaciones como ARRECAL o a las federaciones de caza, las cuales son las mayores asociaciones de propietarios de perros a nivel europeo».
Temperatura de transporte
Una de las obligaciones recogidas en la propuesta de reglamento es que la temperatura del interior del vehículo de transporte debe oscilar entre los 20 y los 25 grados, habilitándolos, además, con sensores de temperatura y humedad. Sin embargo, el propio informe previo y preceptivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria indica que no hay evidencias científicas suficientes para incluir estas temperaturas o dimensiones como obligatorias. «No entendemos cómo han podido incluir finalmente unas obligaciones tan estrictas cuando no cuentan con aval científico alguno», critica el presidente de ARRECAL.
El establecimiento de este nuevo imperativo legal hará inasumible económicamente a los propietarios de perros de caza adaptar sus medios de transporte conforme a la normativa, teniendo en cuenta, entre otras cosas, que estos propietarios realizan su actividad sin ánimo de lucro. En este sentido, la asociación también considera que sería necesario diferenciar los viajes cortos que realizan los perros de rehala hasta las zonas de caza, de los viajes de carácter económico para la comercialización de animales, que por norma general tienen una duración mucho mayor.
«Es muy curioso que esta obligación no se implante en vehículos que trasportan niños o personas mayores, donde en muchos países de la Unión Europea todavía circulan sin aire acondicionado, pero sí quieran imponérnosla a los rehaleros y a los cazadores», manifiesta Vegue.
Actividad esencial
La entrada en vigor de esta normativa tal y como está recogida actualmente derivaría en la disminución del censo de perros de caza, dada la imposibilidad de que los propietarios pudieran asumir técnica y económicamente los nuevos requerimientos. Una disminución de perros de caza que aumentaría exponencialmente la población de grandes ungulados como los jabalíes, ciervos o corzos, con lo que ello supone a nivel de daños agrícolas, accidentes de tráfico y afecciones a la biodiversidad por la sobreabundancia de estos animales silvestres.
«La caza con rehala es la herramienta más eficiente y sostenible para el control poblacional de ungulados silvestres», recuerda el presidente de la asociación. Como reconocen numerosos estudios científicos y el propio Ministerio de Agricultura, los perros de caza son animales con una importante función social, lo que les otorga una singularidad que debería verse reflejada en la redacción de normativa propia distinta a la de animales de compañía o de producción ganadera.
Por estas razones, ARRECAL ha solicitado que el nuevo reglamento europeo no sea de aplicación al transporte de animales a actividades cinegéticas u operaciones relacionadas como campeonatos deportivos, exhibiciones o ferias. La asociación continuará trabajando en defensa del sector y de sus miles de socios, conscientes de que buena parte del futuro de la caza y la rehala depende de las leyes animalistas que ahora quieren imponer desde Europa.