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Su acuerdo propone convertir en constitucional el «derecho al medio ambiente». Pero ¿En qué consiste? ¿Qué podría suponer para los agricultores, ganaderos o cazadores este importante cambio? Nuestro experto en legislación Jaime Valladolid reflexiona sobre ello.
03/03/2016 | Jaime Valladolid. Abogado especializado en Derecho Cinegético y Medioambiental – [email protected]
Bajan revueltas las aguas de una España inundada. Por delante se han llevado ya el puente que comunicaba las dos márgenes de una democracia ya desmoronada por una sociedad perversa, corrupta, podrida… En una orilla, la ética; en la otra, la política. Y mientras, echan la caña aquí… y también allí, en lo más profundo. A ver si pican. A diestro y a siniestro.
“Para un Gobierno reformista y de progreso”, lleva por título el ¿acuerdo? Un documento de 67 páginas encabezado por los dos logos (que no “logros”) de sendos partidos: PSOE y Ciudadanos. ¿Y debajo? Sus firmas: la de Pedro Sánchez, secretario general del primero, y la de Albert Rivera, presidente del segundo.
¿El derecho al medio ambiente?
Lo leemos detenidamente. En la página 66 (sí, en su agonía, para que no “cante” demasiado): “3. Pacto complementario en relación con la reforma constitucional: En el marco de este acuerdo, el Partido Socialista Obrero Español y Ciudadanos quieren manifestar (…) su voluntad de promover que la reforma constitucional que en su día se aborde incluya: b) el reconocimiento, como derechos constitucionales con las características que se acuerden (…) del derecho al medio ambiente”.

Con la inclusión del derecho fundamental al medio ambiente en nuestra Constitución se abriría la puerta a que cualquier persona física pudiese, por ejemplo, recurrir una disposición que regule la ganadería, la agricultura o el ejercicio de la actividad cinegética

Sí, el derecho al medio ambiente. ¡Ah, pues no suena mal! Pero mejor pasen, miren, comparen… y ya después, si eso, se lo llevan. En primer lugar apuntaremos que se trata de una vieja reivindicación de los principales grupos ecologistas de nuestro país. ¿A que ya empieza a desafinar un poco? Pues sigan leyendo, por favor.
Efectivamente, el reconocimiento de cualquier derecho fundamental en nuestra Constitución se traduce en que todo ciudadano puede exigir directamente su cumplimiento ante los tribunales sin necesidad de agotar antes otras vías previas, como por ejemplo la administrativa, tal y como es preceptivo a día de hoy.
Así, en la actualidad, únicamente están legitimadas para participar activamente en los procesos contencioso-administrativos las asociaciones (ecologistas, por ejemplo) o personas físicas que demuestren un legítimo interés en el asunto en cuestión; sin embargo, con la inclusión del derecho fundamental al medio ambiente en nuestra Constitución se abriría la puerta a que cualquier persona física pudiese, por ejemplo, recurrir una disposición que regule la ganadería, la agricultura o el ejercicio de la actividad cinegética bajo la excusa de que se ha vulnerado uno de sus derechos fundamentales como sujeto individual, amparado, por cierto, constitucionalmente. ¿Se imaginan lo que ello supondría? Un bombardeo constante de todos los ecologistas contra cualquier normativa relacionada con la actividad cinegética. Sí, ya no serían solo Ecologistas en Acción, Greenpeace o SEO/BirdLife, sino además Menganito, Fulanito o Zutanito Pérez. Lo mismo pero multiplicado por un millón.
Y si no… ¡al Constitucional!
Pero aquí no queda todo… ¿Su último recurso? Pues cuál va a ser… el de amparo. Sí, señores, si no les gusta una decisión parlamentaria, gubernativa, administrativa o judicial, pues podrán irse directamente al Tribunal Constitucional alegando que se ha vulnerado su derecho fundamental al medio ambiente. Que no están en desacuerdo con la Ley de Caza de la región X… ¡pues la impugnan! ¿Quiénes? Ellos, todos los “ecolojetas”, cuantos más mejor. Sí, con la inclusión del derecho al medio ambiente en nuestra Carta Magna cualquiera podría considerarse afectado por lo que ellos denominan como “ataques y riesgos a los intereses ambientales” y, por lo tanto, impugnar toda disposición relacionada con la caza.

Todo ello aderezado con las suculentas subvenciones a las que tienen acceso las asociaciones que promuevan, divulguen y defiendan derechos fundamentales

Que la justicia ordinaria no les da la razón… ¡No pasa nada! Se van al Tribunal Constitucional. Al fin y al cabo los recurrentes han visto vulnerado su derecho fundamental al medio ambiente. Y si no, pues a Estrasburgo. ¡El que no llora no mama!
Ah, y todo ello aderezado con las suculentas subvenciones a las que tienen acceso las asociaciones que promuevan, divulguen y defiendan derechos fundamentales… Sí, provenientes de aquí y también del más allá. ¡Suculento menú!
Quizás ahora entiendan por qué el Sr. Rivera afirmó no hace demasiado que “si prohibimos los toros, lógicamente, habrá que prohibir la caza, la pesca, el circo… Todo aquello que moralmente y de forma objetiva debamos quitar de nuestro ámbito público”. ¿Será éste el principio del fin?
No quiero ser pesimista, pero me temo que nos la han metido por la escuadra, en el tiempo añadido y de penalti injusto. ¿Aún estaremos a tiempo de tomarnos la revancha? De nosotros depende.