Desde que se dio a conocer el primer texto de la ley animalista del Gobierno de España, esta ha sido la causante de grandes polémicas y desacuerdos entre distintas partes de la sociedad. Ahora, ante la cercana entrada en vigor de su nueva versión, vamos a conocer las principales novedades que supondrá.
Tras el adelanto electoral que paralizó los borradores de los reglamentos que el Gobierno tenía preparados, el nuevo Ministerio de Derechos Sociales, con José Ramón Becerra como nuevo director general de Derechos de los Animales, retomó el proceso. De este modo, el grupo dirigido por Pablo Bustinduy mandó a todas las comunidades autónomas un borrador del real decreto que desarrolla los 25 artículos de dicha ley.
Algunas de las medidas que impondrá la ley animalista
Dentro de esos puntos del texto hay algunos que han dado mucho que hablar, sobre todo, en estas últimas semanas. Uno de ellos es la obligatoriedad de realizar un curso de tenencia de perros. Desde el ministerio han planteado dar «un plazo de seis meses desde la publicación de dicho real decreto a partir del cual será obligatorio el curso de tenencia de perros» que no afectará a los dueños actuales y tampoco a veterinarios y profesionales del comportamiento.
No fuera de polémica se ha quedado la contratación de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que también establece la ley animalista. Este deberá tener una cobertura de 100.000 euros, es de obligado cumplimiento y deberá permanecer en vigor durante toda la vida del animal, independientemente de la raza del perro. Para esto también han dado un plazo de seis meses.
Dicho esto, es importante recordar que los perros de caza y otros considerados como de trabajo, como los perros policía o pastores, quedaron finalmente excluidos de la ley animalista, por lo que no les afectarán estas medidas.
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Además de todo esto, aún hay otro punto de su texto que también ha generado cierto revuelo dentro de la sociedad española. La Ley de Bienestar Animal prohíbe «mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos». De tal modo, impondrá sanciones que pueden llegar hasta los 50.000 euros a quienes cometan dicha infracción.
El último día para que los gobiernos autonómicos de nuestro país pudieran presentar cambios al texto fue el pasado sábado, 31 de agosto. Cumplido ese plazo, ya tan solo queda esperar unos días para que, finalmente, la ley animalista, acompañada de toda esta polémica, entre en vigor en España. Será el próximo 29 de septiembre, día en que se cumplirán seis meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.