El colectivo cinegético ha recibido con alivio la confirmación de que los datos personales de los cazadores, como sus nombres y domicilios, no podrán ser consultados por organizaciones animalistas al amparo de los nuevos reales decretos que desarrolla la Ley 7/2023, conocida como ‘Ley Animalista’. Así lo ha confirmado la Asociación de Rehalas Regionales Caza y Libertad (ARRECAL), tras analizar ambos textos normativos en fase de exposición pública.
Uno de los aspectos que más confusión había generado era la posibilidad de que entidades de utilidad pública accedieran al registro nacional de identificación de animales de compañía. Desde ARRECAL lo desmienten tajantemente: los perros de caza, incluidos los de rehala, están excluidos del ámbito de aplicación de esta norma. Por tanto, los cazadores no están obligados a inscribir a sus perros en dicho registro, y sus datos no pueden ser consultados por terceros. «La Ley 7/2023 excluye expresamente a los perros de caza, y ningún reglamento puede ir más allá de lo que dice la ley», explica el asesor jurídico de ARRECAL, Santiago Ballesteros.
Un marco legal que protege la identidad de los cazadores
El artículo 2 del proyecto de real decreto establece claramente que la norma solo afecta a los animales de compañía, mientras que la exposición de motivos del reglamento sobre identificación confirma la exclusión de los perros de caza y rehala. Esta precisión legal impide que asociaciones animalistas tengan acceso a la información personal de los cazadores españoles.
Desde ARRECAL se ha advertido sobre el peligro de alimentar una alarma social infundada. «Hay que tratar estos temas con rigor. La desinformación solo genera tensión y desincentiva una actividad legal, regulada y vital para el medio rural como es la caza», afirma su presidente, Felipe Vegue. En este sentido, la entidad insiste en que se mantendrá firme ante cualquier intento de incluir a los auxiliares de caza en el régimen general de tenencia de mascotas.
ARRECAL pide una normativa específica para los perros de caza
La asociación recuerda que los perros de rehala ni son mascotas ni animales de producción, por lo que requieren de una regulación específica, adaptada a sus características y funciones. Nicolás Urbani, veterinario y asesor técnico de ARRECAL, subraya que esta demanda ya fue respaldada por el conjunto de comunidades autónomas en la Estrategia Nacional de Gestión Cinegética del Ministerio de Agricultura.
«Los rehaleros y cazadores seguiremos defendiendo nuestro modo de vida y nuestras tradiciones, pero siempre desde la seriedad, el rigor técnico y el respeto a la ley», concluyen desde la entidad. En un contexto de creciente presión ideológica sobre la actividad cinegética, la garantía de confidencialidad en los datos personales de los cazadores supone un importante respaldo jurídico a la labor que desarrollan en el campo.
