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El Tribunal Supremo considera que las frases de odio en redes sociales no están amparadas por la libertad de expresión

El máximo organismo judicial ha condenado a un año de cárcel a una joven por humillar a Irene Villa y Miguel Ángel Blanco en Twitter, argumentando que el “discurso del odio” no está amparado por la libertad de expresión. Esta sentencia sienta un precedente que podría trasladarse a los ataques animalistas.

Frases de odio como estas, habituales contra cazadores y personas de ideología contraria a los animalistas, no forman parte de la libertad de expresión y son delito, según el Tribunal Supremo. /Twitter

14/7/2016 | Redacción JyS
El Supremo ha dictado sentencia por primera vez contra una persona que en su cuenta personal de la conocida red social Twitter difundía mensajes que hacían apología del terrorismo. La joven, María Lluch Sancho, conocida en la citada red social como @melodalger, ha sido condenada a un año de cárcel por humillar a víctimas de ETA como Irene Villa y Miguel Ángel Blanco.
En la resolución publicada el lunes, la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo considera que los comentarios expresados en esta cuenta se enmarcan dentro del discurso del odio, y por lo tanto no están protegidos por la libertad ideológica o de expresión.
El alto tribunal, según publica Europa Press, subraya que no está penalizando el «chiste fácil o de mal gusto» ni se trata de «criminalizar las opiniones discrepantes», sino de combatir la actuaciones de aquellos que realizan un «grave quebranto en el régimen de libertades y daño en la paz de la comunidad» y «atentan» contra el sistema democrático establecido.

Precedente contra los animalistas

Así pues, según el TS, aquellos comentarios vejatorios que se refirieran a una persona en concreto, a la que se identificara con nombre y apellidos, estarían incurriendo en un delito de odio. Por lo tanto se sienta así un precedente que podría servir a los cazadores a erradicar comentarios provenientes de animalistas en los que se humillara, insultara o vejara a una persona en concreto.
En este sentido, el alto tribunal indica que la humillación o desprecio afecta directamente al honor y a la dignidad de la persona damnificada. Por tanto mensajes como los que ha recibido la familia del torero recientemente fallecido Víctor Barrio, o como los que ha recibido recientemente el presidente de la Federación Extremeña de Caza, JoséMaría Gallardo, en los que se realicen amenazas o insultos a personas físicas podrán ser denunciados por la vía penal como delitos de odio.

       
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