Los controles en el medio natural vuelven a poner el foco en una de las obligaciones más básicas durante la actividad cinegética: recoger los cartuchos vacíos. En esta ocasión, el aviso lo han dado los Agentes Rurales de Cataluña tras intervenir en una actuación realizada en la comarca de Les Garrigues.
Según han informado a través de sus canales oficiales, el cuerpo ha denunciado a un cazador en Granyena de les Garrigues por no recoger del suelo las vainas vacías de los cartuchos utilizados. Una conducta que, recuerdan, está expresamente contemplada en la normativa vigente.
La intervención, además, no se quedó en una simple denuncia administrativa. Los agentes también procedieron a requisar el arma y las capturas del día, un total de seis zorzales.
Denunciado y con el arma requisada en Les Garrigues
El propio cuerpo explicaba lo ocurrido con un mensaje publicado el pasado 12 de enero en redes sociales, donde advertían de que están intensificando las inspecciones para asegurar el cumplimiento de la ley.
«Hacemos controles para garantizar que se cumple la normativa de caza». Con esa frase arrancaba el comunicado, al que siguió el anuncio de la denuncia y el decomiso: «Denunciamos un cazador en Granyena de les Garrigues (Les Garrigues) por no recoger los cartuchos. Hacemos comiso del arma y seis zorzales».
Los Agentes Rurales también acompañaron la publicación con una recomendación directa para quienes practican esta modalidad: «Consulte y respete la normativa: gen.cat/41sKmBA». Junto al texto, una imagen muestra el arma intervenida y los zorzales, colocados sobre una mesa.
🚨 Fem controls per garantir que es compleix la normativa de #caça.
— Agents Rurals (@agentsruralscat) January 12, 2026
Denunciem un caçador a Granyena de les Garrigues (Les Garrigues) per no recollir els cartutxos. Fem comís de l'arma i sis tords.
ℹ️ Consulteu i respecteu la normativa: https://t.co/rBRCsCIUit pic.twitter.com/dITC2X4W5a
La norma que obliga a recoger los cartuchos y vainas
La actuación se apoya en lo dispuesto por el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), dentro de las normas generales recogidas para la actividad cinegética.
En el apartado 5.1, bajo el epígrafe “Recogida de cartuchos”, el texto establece que: «Es obligatoria la recogida de los cartuchos y vainas de la munición empleada en la actividad cinegética. Se realizará de forma inmediata al abandonar el lugar donde se ha desarrollado la actividad».
La misma norma añade que, en el caso de la caza de aves acuáticas en zonas húmedas, «la superficie debe quedar libre de ellos cuando finalice la cacería para evitar el deterioro del medio natural», reforzando la idea de que no se trata de un simple consejo, sino de una exigencia.
