La Junta de Castilla y León ha declarado la situación de “Alerta” por riesgo meteorológico de incendios forestales en toda la Comunidad entre los días 4 y 8 de agosto, ambos inclusive. La medida, firmada por el director general de Patrimonio Natural y Política Forestal, José Ángel Arranz, incluye una batería de restricciones que afectan directamente a las actividades en el medio rural.
El motivo de la declaración es la entrada de una dorsal africana que está trayendo temperaturas extremas, baja humedad relativa y viento, una combinación que dispara el peligro de fuegos en montes y terrenos agrícolas.
Prohibidas las cosechadoras, las barbacoas y los trabajos con maquinaria
Durante este periodo, queda terminantemente prohibido encender fuego en espacios forestales y en zonas recreativas, incluso en aquellas habilitadas para ello. Tampoco se podrá utilizar maquinaria que genere deflagraciones, chispas o descargas eléctricas, como radiales, sopletes o soldadores, ni maquinaria forestal y agrícola durante las horas de máximo riesgo, entre las 14:00 y las 18:00. Esta última restricción afecta a cosechadoras, empacadoras, desbrozadoras y procesadoras, en terrenos de secano situados dentro del monte o en su franja perimetral de 400 metros.
Además, la resolución establece la suspensión de autorizaciones previas para fuegos artificiales, cohetes y otras actividades susceptibles de provocar un incendio.
Como excepción, se ha publicado un anexo en el BOCYL con los términos municipales que quedarán exentos de la restricción durante los días 4 y 5 de agosto. En el caso de la provincia de Soria, figuran municipios como Covaleda, Duruelo de la Sierra, Molinos de Duero, Montenegro de Cameros, Salduero y Vinuesa, todos ellos zonas donde se podrá seguir utilizando maquinaria como skidders y cosechadoras.
ASAJA carga contra la resolución y estudia llevarla a los tribunales
ASAJA Soria ha manifestado su profundo rechazo a la medida, que considera un nuevo episodio en la línea prohibicionista de la Consejería de Medio Ambiente. La organización agraria recuerda que los agricultores ya están sujetos a una limitación específica: la conocida regla 30/30, que prohíbe la actividad si se superan los 30 °C y los 30 km/h de viento. Según ASAJA, esta normativa ya establece un marco claro y suficiente de precaución para el trabajo con cosechadoras.
La resolución, según la entidad, ignora la variabilidad real del viento al aplicar de forma generalizada un supuesto de rachas superiores a los 30 km/h en toda la Comunidad, y critica que se retire a los agricultores el margen para adaptarse a las condiciones reales de cada jornada.
Además, ASAJA advierte de una consecuencia directa: la invalidez de los seguros en caso de accidente durante las horas restringidas, lo que podría dejar desamparados a los agricultores frente a responsabilidades por daños o gastos de extinción.
Por todo ello, la organización ha anunciado que ya está estudiando jurídicamente la resolución y no descarta emprender nuevas acciones legales, como ya hiciera en 2022, cuando impugnó una medida similar ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
