Icono del sitio Revista Jara y Sedal

Una página animalista difunde fotos de niños, hijos de cazadores, junto a mensajes de odio en Facebook

«Los autores podrían estar vulnerando lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos, en la Ley de Protección Jurídica del Menor y en la Ley sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar», asegura el abogado y colaborador de Jara y Sedal Jaime Valladolid.

10/2/2020 | Redacción JyS

Tres capturas de publicaciones de la página animalista en la que usan fotos de menores para lanzar mensajes de odio contra la caza. / Facebook

Una página animalista de Facebook, registrada como ‘@La verdad de escopeteros, tauropatas y demás psicópatas‘, ha publicado en los últimos meses varias imágenes de menores junto a mensajes de odio contra los cazadores.

La página comparte fotos de niños -hijos de cazadores- sin autorización, un hecho que puede ser denunciable al carecer de permiso paterno o de su tutor.

Una de las imágenes más llamativas es la de una menor junto a ciervo recién cazado y el texto: «¿Qué clase de padres pueden someter a su hijo a tal despropósito?». Según el perfil contrario a la caza -que más allá de ofrecer una opinión personal ha cruzado la barrera sembrando el odio contra una actividad legal utilizando fotos de menores- los cazadores «humillan al animal ejecutado en una foto infame y miserable». Y acompañan la publicación, como habitualmente hacen, con los hashtag #LaCazaEsViolencia y #LaCazaComoPsicopatia. «Es algo tan repudiable que dan ganas de vomitar», finalizan.

Captura de pantalla de una de las publicaciones originales en la que Jara y Sedal ha ocultado el rostro de la menor. / Facebook

Podrían violar tres leyes

Tal y como explica a Jara y Sedal el abogado especializado en derecho medioambiental Jaime Valladolid, el artículo 18.1 CE reconoce el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de cualquier persona. «En el caso concreto de los menores de edad, tal y como ha manifestado en numerosas sentencias nuestro Tribunal Supremo, tiene como presupuesto el hecho de que siempre que no medie el consentimiento de los padres o representantes legales de los mismos con la ausencia del Ministerio Fiscal, la difusión de cualquier imagen de éstos ha de ser reputada contraria a nuestro ordenamiento jurídico», defiende el abogado.

De este modo, los autores de tales hechos podrían estar vulnerando lo dispuesto, en primer lugar, en la Ley de Protección de Datos, en segundo lugar, en la Ley de Protección Jurídica del Menor y, por último, en la Ley sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

       
Salir de la versión móvil