Un simpatizante de PACMA anima a otros animalistas en el muro de Facebook del partido a «cazar cazadores, cortarles el cuello y colgarlos de un árbol».
La verdad del animalismo ha vuelto con su discurso de odio en la tarde de este miércoles, 15 de abril, después de que un simpatizante de PACMA haya animado a otros animalistas a «cazar cazadores, cortarles el cuello y colgarlos de un árbol». Lo ha hecho en la página oficial de Facebook del partido, respondiendo a una publicación en la que éste publica un comunicado lamentándose porque el Gobierno recomiende a las comunidades autónomas autorizar la caza de jabalíes en estado de alarma debido a los daños agrícolas que están causando.
«Pues entonces por ley también debería estar permitido ir a impedirlo ya que se basan en creencias, así que si alguien se entera de que eso sucede y quiere acompañarme que me lo diga», responde un animalista a la publicación de PACMA. A esto, un cazador le responde: «Yo te acompaño David, pero a cazar. Vivan las tonterías».
Es entonces cuando el animalista vuelve a entrar en escena con este mensaje de odio: «Sí, a cazar cazadores, cortarles el cuello y colgarlos de un árbol», le dice en una primera ocasión, arremetiendo en la segunda incluso contra su hijo: «Te aseguro que puedes ser tú con tu hijo que te abro la cabeza».
Se trata de unos comentarios que el partido animalista ni siquiera ha ocultado de su página de Facebook, permitiendo este mensaje de odio a través de sus simpatizantes.
El odio en redes sociales, algo que es impune en nuestro país
El Juzgado de lo Penal 1 de Segovia absolvió el pasado mes de noviembre al maestro para el que la Fiscalía solicitaba cuatro años de prisión por un delito de odio por verter comentarios denigrantes en su perfil de Facebook contra el torero fallecido Víctor Barrio y contra la tauromaquia, lo que demuestra que el odio en redes sociales es algo que es impune en nuestro país.
En la sentencia, el juez considera que la viuda y los padres del matador han sido víctimas de un «voraz episodio de odio», pero absuelve al acusado porque el delito de odio, tal y como está recogido en el Código Penal, protege a grupos vulnerables o de riesgo que pudieran sufrir discriminación por «motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad»; motivos entre los que el Código Penal no incluye al mundo de la tauromaquia y la lidia.