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Matar a un gato callejero puede salir más caro que matar a un lince ibérico o un águila imperial con la Ley Animalista

Lince ibérico y gato callejero. © Shutterstock

Parece ficción, pero es la realidad que la nueva Ley de Bienestar Animal ha dejado en España. Los gatos callejeros han pasado a convertirse en uno de los intocables en nuestro país y su muerte está sancionada con abultadas multas económicas que podrían llegar hasta los 200.000 euros.

Desde su entrada en vigor, el pasado 29 de septiembre, las polémicas medidas planteadas por esta ley animalista, y que tan criticadas han sido por gran parte de la sociedad, han comenzado a aplicarse en todo el territorio español. De este modo, algunas han provocado mayor revuelto que otras.

Aquí es donde entra el asunto de los gatos asilvestrados, una especie blindada por dicho texto. Tanto es así que, incluso, acabar con la vida de animales en peligro de extinción como el lince ibérico, el águila imperial o el urogallo puede conllevar una sanción menor.

Un gato callejero en una foto de archivo. © Shutterstock

Los gatos callejeros, los grandes protegidos de la ley animalista

Tal y como muestra un informe elaborado por SEO/BirdLife, las sanciones por matar a un lince ibérico, un águila imperial o un urogallo son más bajas que las establecidas en el caso de los gatos asilvestrados. En el caso del lince, su muerte se pagaría con 60.000 euros en Andalucía, 90.000 en Castilla-La Mancha o Extremadura y tan solo 4.207 euros en Madrid.

De igual modo, quitarle la vida a un águila imperial se sancionaría con 60.000 euros en Andalucía, una cifra que asciende hasta los 90.152 euros si esto sucediera en Extremadura.


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Asimismo, dicho informe expone que dar muerte a un urogallo, dentro de los territorios de Cantabria, supondría una multa económica de 30.000 euros, colocándose entre las más altas del país. Muy lejos de los 200.000 que establece la Ley Animalisa para los gatos callejeros.

La Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

La Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece en el apartado b) de su artículo 80 que se considera infracción «la destrucción, muerte, deterioro, recolección, comercio o intercambio, captura y oferta con fines de venta o intercambio o naturalización no autorizadas de especies de flora y fauna catalogadas en peligro de extinción, así como la de sus propágulos o restos».

Dentro de esa denominación de peligro de extinción se incluyen las tres especies mencionadas: lince ibérico, águila imperial ibérica y urogallo cantábrico.

Por lo tanto, atendiendo a lo establecido por la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, las acciones recogidas en ese apartado del artículo 80, ejercidas sobre esas tres especies, se reconocen como infracciones graves. Su artículo 81 establece las sanciones correspondientes a cada tipo de infracción y en el caso de estas fija una multa económica de entre 3.001 y 20.000 euros. Esto entra en contraposición con la ley de bienestar animal, la cual ya parte directamente de los 50.000 euros para los gatos callejeros, pudiendo llegar a los 200.000.

Sin embargo, matar a una especie en peligro de extinción también puede considerarse infracción muy grave cuando los daños superen los 100.000 euros, los beneficios sean mayores a la misma cifra o en caso de reincidencia de una «infracción grave del mismo tipo». En este caso, la multa a pagar podría ir desde los 200.001 hasta los 2.000.000 de euros. Pero esto casi nunca llega a suceder cuando hablamos de la muerte de un animal.

Como resumen de toda esta información, cabe matizar que existe la posibilidad de ser multados al matar a un lince, un águila o un urogallo por esta ley. En cualquier caso, la cuantía de las sanciones graves parte, en relación con esas especies, parte de los 3.000 euros, mientras que la multa mínima por una infracción en cuanto a los gatos asilvestrados es de 50.000 euros.

Los expertos advierten de la peligrosidad del gato callejero

Dicha protección de los gatos asilvestrados, por parte de la ley animalista, continuó haciendo caso omiso a las advertencias de los expertos sobre esta especie. En este sentido, desde el departamento de Biología de la Conservación de la Estación Biológica de Doñana redactaron una carta conjunta que alertaba de las nefastas consecuencias que tendría la entrada en vigor de esta ley.

En ella aseguraban que «los gatos son, además, vectores potenciales de enfermedades que pueden pasar a las personas (como leishmaniosis y diferentes tipos de parásitos) y a la fauna silvestre, como demostró el brote de leucemia felina que estuvo a punto de acabar con la población de lince ibérico de Doñana en 2007».

«Creemos que la intención del anteproyecto de ley de inventariar y mantener a largo plazo las colonias de gatos y el número de individuos que las ocupan (a cargo de los presupuestos municipales) carece de sentido. El objetivo debe ser la reducción al mínimo posible de los gatos de origen doméstico que viven en libertad en nuestras ciudades y en el campo en el menor plazo posible», consideraron.

Sanciones económicas de la ley animalista

Pese a esa carta y otras advertencias, como la que los expertos emitieron acerca de que los gatos asilvestrados son los responsables de la extinción de 65 especies de animales, la ley animalista continuó blindándolos.

En concreto, su artículo 41 establece que «las personas, en su convivencia natural con las colonias felinas, deberán respetar la integridad, seguridad y calidad de vida de los gatos comunitarios que las integran, así como las instalaciones de comida, y refugio propias del programa de gestión de gatos comunitarios».

De igual modo, el apartado e) del artículo 75 considera que «dar muerte a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley» es una infracción muy grave. Por lo tanto, su artículo 76 impone multas económicas de entre 50.000 y 200.000 euros para las infracciones de este tipo. Esta es la cifra que los ciudadanos españoles deberían pagar en el caso de dar muerte a un gato callejero.

Matar a un gato montés está menos castigado que hacerlo con un gato asilvestrado

En España, el castigo más alto impuesto por poner fin a la vida de un gato montés se puede encontrar en Cantabria. Allí, la sanción económica establecida es de 2.400 euros, siendo inferior en el resto del país.

Gato montés. © Shutterstock

Sabiendo todo esto y teniendo en cuenta las nuevas medidas fijadas por la Ley de Bienestar Animal, matar a un gato callejero podría ser una de las acciones más penadas en el país en términos animalistas. Por lo tanto, la protección de otras especies en peligro queda en un segundo plano, en comparación con esos felinos.

       
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