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Madrid recupera la caza de perdiz, becada y otras siete especies tras la decisión del TSJM

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La suspensión cautelar que afectaba a la caza de nueve especies de aves en la Comunidad de Madrid ha quedado levantada. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado retirar la medida adoptada el pasado 6 de octubre, después de analizar las alegaciones y la documentación científico-técnica presentadas en el procedimiento, según ha comunicado este viernes Fundación Artemisan.

La decisión afecta a la becada, la codorniz común, la paloma zurita, el zorzal alirrojo, el zorzal real, la corneja negra, la paloma bravía, la perdiz roja y la urraca. Su aprovechamiento cinegético había quedado suspendido en los términos establecidos por el tribunal a raíz del recurso de SEO/BirdLife contra determinados artículos de la Orden 2511/2026, que regula la temporada de caza 2026-2027 en la región.

El levantamiento de la cautelar retira esa restricción judicial, aunque el procedimiento continúa abierto. Por tanto, la resolución no constituye una sentencia definitiva sobre el fondo del recurso.

Los informes científicos, en el centro de la defensa

Fundación Artemisan se personó en el procedimiento para oponerse al mantenimiento de la suspensión, una posición que también defendieron la Comunidad de Madrid, la Real Federación Española de Caza y la Federación Madrileña de Caza.

La fundación aportó dos informes científico-técnicos y un análisis de las posibles consecuencias económicas, sociales y ambientales de paralizar la actividad cinegética. Entre esa documentación figura el estudio Estado de conservación de nueve especies de aves cinegéticas en la Comunidad de Madrid, elaborado en octubre de 2026.

Según explica Artemisan, estos trabajos ofrecieron información regional actualizada y cuestionaron que existiera una base científica suficiente para concluir que la caza durante esta temporada pudiera comprometer la conservación o la viabilidad de las poblaciones afectadas.

La documentación también abordó las repercusiones que podría tener la suspensión más allá de los propios cazadores, con efectos sobre otras actividades y sobre la gestión del territorio.

Becada. © Shutterstock

El tribunal no ve suficientemente acreditado un daño irreversible

De acuerdo con la información difundida por la fundación, el TSJM concluye que no queda suficientemente acreditado el perjuicio irreversible para la conservación y viabilidad de las nueve especies que justificaría mantener la medida cautelar.

La resolución también recuerda la necesidad de ponderar los intereses generales y los de terceros. Entre ellos se encuentran los intereses económicos del sector cinegético, la actividad agraria y las cuestiones relacionadas con la seguridad aérea y sanitaria.

Tras valorar estos elementos, la Sala ha acordado levantar la suspensión adoptada el 6 de octubre, sin imposición de costas.

El proceso judicial sigue abierto

La decisión supone un cambio relevante para los cazadores madrileños cuya temporada había quedado condicionada por la medida. El aprovechamiento de estas especies queda sujeto a los periodos, condiciones y limitaciones de la normativa aplicable.

Fundación Artemisan ha anunciado que seguirá personada mientras continúe el procedimiento. La entidad considera que esta resolución refuerza la importancia de aportar información científica contrastada en los litigios sobre gestión cinegética y de evaluar las consecuencias que una suspensión puede tener sobre el conjunto del medio rural.

Asimismo, ha reafirmado su intención de intervenir en nuevos procedimientos que pretendan paralizar la caza cuando considere que esas peticiones carecen de respaldo técnico o científico suficiente.

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