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Madrid permite cazar conejos en abril en estos 93 municipios para frenar los daños agrícolas

El autor del artículo con un conejo cazado en el descaste. © Ángel Vidal

La Comunidad de Madrid ha dado un paso más en el control de la sobrepoblación de conejo en varias de sus comarcas más afectadas. La orden de vedas vigente recoge una medida que simplifica los trámites y permite actuar con mayor rapidez sobre el terreno, en un contexto en el que los daños agrícolas llevan tiempo siendo insostenibles en numerosas zonas.

La decisión afecta a un total de 93 municipios repartidos entre las comarcas 6, 7, 8, 9 y 10, donde la presión del conejo sobre cultivos como el trigo o la cebada ha generado una situación límite para muchos agricultores. En estos territorios, la densidad de la especie ha provocado pérdidas económicas importantes campaña tras campaña. La clave de esta medida está en que elimina la necesidad de solicitar permisos excepcionales, algo que hasta el pasado año ralentizaba la respuesta ante los daños.

Una medida incluida directamente en la orden de vedas

La medida queda recogida en el artículo 5.1.a) 4º de la Orden de Vedas de caza de la Comunidad de Madrid. En él se establece que se podrá actuar durante todo el mes de abril sin necesidad de trámites adicionales. El texto señala que «del 1 al 30 de abril, se habilita la caza con escopeta, sin auxilio de perro los martes, jueves y sábados comprendidos entre el 1 al 30 de abril, ambos incluidos (en este período máximo 3 cazadores/coto)». Además, especifica que estas actuaciones deberán centrarse en los cultivos afectados y en un área de hasta 100 metros alrededor de los mismos.

Este marco normativo permite una intervención más ágil en los momentos en los que los cultivos son más vulnerables, evitando esperas administrativas que, en muchos casos, llegaban tarde para evitar los daños.

Continuidad de una fórmula que ya funcionó

No obstante, no es la primera vez que se aplica esta medida. Durante la pasada campaña ya se permitió actuar en condiciones similares, con resultados que fueron bien valorados tanto por titulares de cotos como por agricultores. En aquel momento, la posibilidad de intervenir directamente sobre los focos de daños permitió contener parcialmente la expansión de la plaga en algunas zonas críticas. La experiencia acumulada ha llevado a la Administración a consolidar esta fórmula dentro de la propia orden de vedas.

Este enfoque evita tener que tramitar autorizaciones extraordinarias, lo que supone un alivio burocrático importante y una herramienta más eficaz para quienes gestionan el territorio.

Cazador con un conejo. © Ángel Vidal

Agricultores al límite y daños crecientes

La inclusión de esta medida responde a una realidad cada vez más evidente en el campo madrileño. En muchas de estas comarcas, los daños por conejo se han disparado, afectando gravemente a cultivos extensivos. Los agricultores llevan tiempo alertando de una situación insostenible, con parcelas enteras comprometidas y pérdidas económicas que, en algunos casos, ponen en riesgo la viabilidad de las explotaciones.

En este contexto, la posibilidad de actuar de forma directa y sin trabas administrativas se percibe como un acierto. La medida permite intervenir justo cuando más falta hace, en el momento en el que los cultivos están en fases críticas.

Los pueblos de las comarcas 6 a 9 donde pueden cazarse conejos en abril

Comarca 6: Valdepiélagos, Talamanca de Jarama, Valdetorres de Jarama, Fuente el Saz de Jarama, Valdeolmos, Ribatejada, Algete, Fresno de Torote, Valdeavero, Cobeña, Daganzo de Arriba, Camarma de Esteruelas, Meco, Paracuellos de Jarama, Ajalvir, Alcalá de Henares, Los Santos de la Humosa, Torrejón de Ardoz, Alcalá de Henares, Villalbilla, Anchuelo, Santorcaz, Valverde de Alcalá, Corpa y Pezuela de las Torres.

Comarca 7: Loeches, Torres de la Alameda, Pozuelo del Rey, Nuevo Baztán, Olmeda de las Fuentes, Campo Real, Valdilecha, Villar del Olmo, Ambite, Orusco de Tajuña, Perales de Tajuña, Tielmes, Carabaña, Brea de Tajo, Valdelaguna, Villarejo de Salvanés, Valdaracete, Brea de Tajo, Valdelaguna, Villarejo de Salvanés, Estremera, Belmonte de Tajo, Villaconejos, Colmenar de Oreja, Villamanrique de Tajo y Fuentidueña de Tajo.

Comarca 8: San Fernando de Henares, Coslada, Mejorada del Campo, Velilla de San Antonio, Rivas-Vaciamadrid, Getafe, Arganda del Rey, Pinto, San Martín de la Vega, Morata de Tajuña, Valdemoro, Ciempozuelos, Titulcia, Chinchón, Aranjuez y Madrid (Parque Regional del Sureste).

Comarca 9: Sevilla la Nueva, Brunete, Villaviciosa de Odón, Navalcarnero, Móstoles, Leganés, Arroyomolinos, Fuenlabrada, Moraleja de Enmedio, El Álamo, Batres, Serranillos del Valle, Griñón, Humanes de Madrid, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Parla, Casarrubuelos y Torrejón de Velasco.

Comarca 10: Rozas de Puerto Real, Cenicientos, Cadalso de los Vidrios, San Martín de Valdeiglesias, Pelayos de la Presa, Navas del Rey, Chapinería, Villa del Prado, Aldea del Fresno, Villamanta y Villamantilla.

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