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Madrid advierte de las principales novedades de la última orden de vedas a sus cazadores

Un cazador durante una jornada de caza menor. © Ángel Vidal

La Comunidad de Madrid publicó el pasado 13 de junio la nueva orden de vedas de caza para la temporada 2024/2025, introduciendo varias novedades y modificaciones significativas. Ahora, desde el Área de Caza y Pesca de la Consejería de Medio Ambiente, se ha enviado un correo electrónico a los titulares de cotos de caza para ayudarles a interpretar esta nueva normativa.

Compartimos a continuación de manera breve todas y cada una de las interpretaciones que la Administración madrileña ha recalcado con el fin de que los cazadores tengan un fácil acceso a las principales novedades.

Principales novedades de la Orden de Vedas de Caza de la Comunidad de Madrid 2024/2025

Modificaciones respecto a especies cazables

Para la temporada 2024-2025, la grajilla ha sido excluida del listado de especies cinegéticas, prohibiéndose su caza. La tórtola, por su parte, se mantiene con un cupo de caza de 0 ejemplares, por lo que continúa sin poder cazarse.

Modificaciones para la media veda

El periodo hábil para la media veda se ha fijado entre el 20 de agosto y el 20 de septiembre y los días hábiles serán los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos comprendidos en este periodo. Por ello, el primer día que se podrá salir a cazar en media veda este año será el jueves 22 de agosto y el último el 19 de septiembre.

Durante la media veda, se permitirá la caza del conejo en las comarcas forestales 6, 7, 8, 9 y 10.

Una de las principales novedades en Madrid es que podrá cazarse en algunas comarcas el conejo en media veda. © Ángel Vidal

Modificaciones respecto a la caza menor

Se prohíbe portar o usar monoculares térmicos para la localización de ejemplares en los días previos o durante el ejercicio de la caza menor.

Modificaciones respecto a la caza mayor

En cuanto a la cabra montés, el periodo de caza para ambos sexos será del 1 de octubre al 15 de enero, ambos incluidos. El periodo de caza de machos se mantiene igual que en la temporada anterior.

En los cotos de más de 250 hectáreas, incluidos en las comarcas forestales 6, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15 y 16, se podrá realizar la caza en espera de jabalí fuera del periodo hábil de lunes a viernes, con un máximo de tres cazadores por coto. Será necesario realizar una comunicación con 15 días de antelación indicando la zona donde se va a realizar la caza y tener esta modalidad contemplada en el plan técnico.

Esta temporada Madrid habilita un nuevo periodo de esperas en determinadas comarcas fuera de la temporada habitual. © Ángel Vidal

Para la celebración de monterías será necesario disponer de autorización, solicitada con 15 días hábiles de antelación.

Modificaciones relativas a los sorteos de paloma, jabalí y cabra montés

La fecha del sorteo único para estas tres modalidades será el 9 de septiembre de 2024 a las 10:00 horas, en la calle Alcalá nº 16. Para acudir al sorteo, se deberá solicitar cita previa mediante correo electrónico a cazaypesca@madrid.org, indicando nombre, apellidos y DNI. El aforo estará limitado a 10 personas.

Disposición Adicional Única

Se permite la inclusión del corzo, cabra montés y zorro en los Planes de Aprovechamiento Cinegético en el ámbito de los Parques Regionales de la Comunidad de Madrid.

Estas modificaciones buscan una gestión más sostenible y controlada de la actividad cinegética en la región, adaptándose a las necesidades actuales de conservación y aprovechamiento de los recursos naturales. La Comunidad de Madrid continúa trabajando para equilibrar la práctica de la caza con la protección del medio ambiente y la biodiversidad.

Con esta interesante interpretación los cazadores de la Comunidad de Madrid podrán tener conocimiento de las principales novedades que les afectan de un modo mucho más práctico.

       
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