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La ley animalista multará con hasta 10.000€ a los dueños de hámsteres que se reproduzcan sin permiso

Hámster de Roborovski. © Shutterstock

El Boletín Oficial de las Cortes Generales hizo público el pasado viernes el texto concreto de la polémica normativa animalista que ha pasado al Senado, después de que el pasado jueves día 9 de febrero fuese aprobado en el Congreso de los Diputados. El Proyecto de Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales continúa generando polémica gracias a su particular articulado.

Su texto ha sido redactado desde los postulados animalistas más radicales y recoge obligaciones tan discutibles como la de registrarse como criador de animales de compañía a quien tenga la intención de obtener descendencia de sus mascotas. ¿Esto qué significa? Pongamos un ejemplo claro. Si tienes una pareja de hámster en tu casa y esta cría por ‘accidente’, podrás ser multado con entre 500 y 10.000 euros por no disponer de los permisos necesarios, en este caso tu carnet de criador.

El actual Proyecto de ley establece en su artículo 26. d) la obligatoriedad de «adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía». Además, incide en el mismo hecho especificando que «la cría sólo podrá ser llevada a cabo por personas responsables de la actividad de la cría de animales de compañía inscritas como tales en el correspondiente Registro».

Artículo 26 del Proyecto de Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Pero, ¿es un hámster un animal de compañía?

El Artículo 3 del proyecto de ley animalista define como animal de compañía a todo «animal doméstico o silvestre en cautividad, mantenido por el ser humano, principalmente en el hogar, siempre que se pueda tener en buenas condiciones de bienestar que respeten sus necesidades etológicas, pueda adaptarse a la cautividad y que su tenencia no tenga como destino su consumo o el aprovechamiento de sus producciones o cualquier uso industrial o cualquier otro fin comercial o lucrativo y que, en el caso de los animales silvestres su especie esté incluida en el listado positivo de animales de compañía».

Por ello, habrá que esperar a que el Gobierno elabore el Real Decreto que desarrolle el listado positivo de animales de compañía. No obstante, aunque a priori pudiera pensarse que los hámster podrían quedar fuera, fue el propio director general de derechos de los animales, Sergio García Torres, quien en respuesta a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, aseguró en Twitter que «podrá tener un hámster y un periquito». «Yo le recomiendo que lo adopte», aseveró.

De las palabras de García Torres se deduce que la intención de los creadores de la ley es que animales como los hámster, los conejos o los periquitos continúen siendo considerados animales de compañía por lo que sus dueños -de no registrarse convenientemente- podrían ser multados si crían de ellos.

       
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