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Coloca una jaula para atrapar un gato en su finca y ahora podría enfrentarse a pena de prisión

La jaula intervenida para atrapar el gato. © Guardia Civil

La Guardia Civil ha investigado a una persona por colocar jaulas trampa en un terreno agrícola de su propiedad en Calaceite (Teruel), y ha remitido las diligencias al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcañiz.

La actuación del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) 9 de la Guardia Civil de Alcañiz tuvo lugar en los primeros días de marzo, investigando a esta persona como presunto autor de un delito contra la flora, fauna y animales domésticos.

Las jaulas trampa estaban completamente armadas, camufladas y con un conejo como cebo con la finalidad de capturar gatos domésticos para darles muerte con un estoque metálico. El investigado solo ha cazado un gato común.

«El método de las jaulas trampa está prohibido por ser masivo y no selectivo, puesto que se pueden capturar especies silvestres, algunas de ellas protegidas», ha indicado la Guardia Civil.

La zona donde estaban colocadas está dentro del perímetro de protección del águila-azor perdicera. Según el Decreto del Gobierno de Aragón por el que establece el régimen de protección y recuperación del citado espécimen, cualquier actividad que se realice en la zona deberá tenerse en cuenta su planificación, ejecución y efectos sobre la especie y su hábitat.

¿A qué penas se podría enfrentar el investigado?

El delito contra la flora, la fauna y animales domésticos puede ser castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de seis meses a dos años.

La misma pena se impondrá a quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general, destruya o altere gravemente su hábitat. La pena se impondrá en su mitad superior si se trata de especies o subespecies catalogadas en peligro de extinción.

Si los hechos se hubieran cometido por imprudencia grave, se impondrá una pena de prisión de tres meses a un año o multa de cuatro a ocho meses, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de tres meses a dos años.

       
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