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Dispara a un corzo sin permiso en una montería de Madrid y lo esconde, pero los agentes forestales le guardan una sorpresa

Dos agentes forestales examinan un corzo en una foto de archivo. © Comunidad de Madrid

El Juzgado de lo Penal ha dictado sentencia contra un furtivo que en octubre de 2021 abatió un corzo durante una montería en Valdemaqueda, Madrid. El fallo considera probado que disparó al animal en un área fuera del perímetro autorizado y que intentó ocultar el cadáver, tras seccionarle la cabeza para llevársela consigo.

La condena impone el pago de 3.650 euros de multa, la inhabilitación para ejercer la caza durante un año y la privación del derecho y porte de armas por dos años. La resolución llega después de una investigación de los Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, que detectaron la infracción en el transcurso de una montería autorizada de jabalíes.

Los agentes escucharon un disparo procedente de la zona y observaron cómo uno de los participantes se dirigía a un lugar no permitido. Poco después hallaron el cuerpo del corzo, que había sido ocultado, y constataron que la cabeza había sido cortada para su transporte.

El hallazgo en plena vigilancia

El operativo se enmarcaba en las labores rutinarias de supervisión de una Zona de Caza Controlada. La especie, además, no podía cazarse en esas fechas ni bajo la modalidad de montería, ya que únicamente está autorizada su caza en rececho y con permiso expreso del titular del coto, en este caso la Comunidad de Madrid.

Las pesquisas se completaron con declaraciones de testigos que señalaron al autor de los disparos. Posteriormente, en su domicilio, los agentes localizaron la cabeza del animal y decomisaron el arma empleada. Con estas pruebas se instruyó una denuncia administrativa y un atestado penal que desembocaron en la condena.

Argumentos de la sentencia

La sentencia recuerda que las vedas cinegéticas se establecen en base a criterios biológicos y no de forma arbitraria. Su objetivo es garantizar la conservación de las poblaciones y el equilibrio de los ecosistemas. El tribunal subraya la necesidad de sancionar comportamientos que, aunque no se refieran a especies estrictamente protegidas, vulneran la normativa y dañan la gestión sostenible del medio natural.

El caso vuelve a poner de relieve la diferencia entre los cazadores que respetan las normas y los furtivos, que actúan al margen de la legalidad. Disparar en fechas prohibidas, ocultar la pieza y transportarla sin autorización son conductas que nada tienen que ver con la práctica cinegética regulada.

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