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Desestiman el recurso del cazador condenado a dos años de cárcel por matar accidentalmente a una osa en Palencia

Oso pardo. © Shutterstock

La Audiencia Provincial de Palencia ha desestimado este jueves el recurso presentado por el cazador que mató accidentalmente a una hembra de oso pardo durante una batida de jabalí en la localidad de Ventanilla. Con esta decisión, se confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia en febrero, que condenaba al cazador a dos años de prisión, cuatro años de inhabilitación para la caza y una multa de 17.505,95 euros.

Los hechos ocurrieron el 29 de noviembre de 2020, alrededor de las 14:30 horas, cuando el acusado disparó a una osa en el cuartel de caza de Ventanilla, durante una cacería de jabalí autorizada por la Junta. El animal murió en el acto y el cazador alegó que se trató de un error involuntario, ya que confundió a la osa con un jabalí que salía de un brezal.

Es importante recordar que, cuando se conocieron los hechos, el Diario Palentino informó que fuentes cercanas al cazador aseguraron que el incidente fue totalmente accidental y que el cazador se encontraba abatido tras la escena. Según estas fuentes, el cazador estaba en su puesto y vio cómo un jabalí se adentraba en el brezal. La mala fortuna quiso que en ese mismo lugar se encontrara la osa, que salió rápidamente, y el cazador disparó pensando que era el jabalí.

La Audiencia determina que el cazador era consciente de los daños que podía provocar

Sin embargo, la Audiencia ha recalcado que «el disparo fue realizado por el acusado a una distancia de unos 40 metros sin extremar las precauciones necesarias, sin emplear el visor que llevaba, pese a ser advertido y ser conocedor de que se encontraba en una zona osera, y sin comprobar ni cerciorarse con toda la seguridad que es necesaria por el lugar en el que se encontraba (Reserva de Parque Natural) del tipo de especie o ejemplar al que estaba disparando».

El organismo también destaca que el condenado es «residente habitual» de la zona y que había escogido «la zona más alta y con mejor visión». Así, la Audiencia concluye que hubo «dolo eventual» en la actitud del condenado, es decir, que era consciente de los daños que podía provocar.

       
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