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Castilla y León obliga a declarar las codornices y tórtolas cazadas: así hay que hacerlo para evitar sanciones de hasta 2.000 euros

Un guarda de un coto de caza registra los datos de una codorniz. © Israel Hernández

Los cazadores de codorniz y tórtola común que salgan al campo durante la media veda de 2026 en Castilla y León tendrán que cumplir nuevas obligaciones relacionadas con el control de sus capturas. Conviene conocerlas antes de comenzar a cazar, porque los procedimientos no son exactamente iguales para ambas especies y un incumplimiento puede derivar en sanciones.

En el caso de la codorniz, el cazador deberá disponer de una ficha específica proporcionada por el titular cinegético y anotar en ella sus capturas diarias, aunque existe una alternativa: registrar las piezas directamente mediante la aplicación CAPTURCYL. Para la tórtola común, será el titular cinegético quien determine qué sistema debe utilizarse en el coto, bien CAPTURCYL o bien la ficha de seguimiento de capturas diarias habilitada por la Junta. La Administración mantiene para esta temporada un cupo de 20 codornices y seis tórtolas por cazador y día.

Una codorniz abatida. © Israel Hernández

Si cazas codornices, necesitas esta ficha o CAPTURCYL

El procedimiento establecido por la Junta para la codorniz ofrece dos posibilidades. Quien opte por el sistema en papel deberá pedir al titular del coto el «Modelo de ficha de control de capturas diarias de codorniz media veda 2026» (puedes descargar en este link el modelo oficial). En ese documento tendrá que ir anotando las codornices cobradas durante sus jornadas de caza y, una vez finalizada la media veda, deberá devolverlo correctamente cumplimentado al titular cinegético como máximo el 21 de septiembre de 2026.

La otra opción permite prescindir del documento en papel. Los cazadores que registren telemáticamente las codornices mediante CAPTURCYL antes de salir del coto no tendrán que cumplimentar ni entregar la ficha. En otras palabras, las capturas deberán quedar registradas por una de las dos vías: mediante la ficha facilitada por el titular o directamente a través de la aplicación.

Pulsa aquí para descargar la aplicación CapturCYL para Android o aquí para iPhone.

La Ley de Caza de Castilla y León establece con carácter general la obligación de registrar las capturas realizadas. En el caso concreto de la codorniz durante esta media veda, la Junta ha articulado esos dos sistemas para que los resultados puedan incorporarse posteriormente al control administrativo de la temporada.

Qué debe hacer después el titular del coto

Si el cazador de codorniz ha utilizado la ficha en papel, deberá entregársela correctamente cumplimentada al titular dentro del plazo previsto. A partir de ese momento será este último quien tenga que trasladar los resultados a la Administración, introduciendo los datos de las fichas recibidas en la plataforma habilitada por la Junta antes del 30 de septiembre de 2026.

En cambio, las codornices que los propios cazadores hayan registrado directamente mediante CAPTURCYL se incorporarán automáticamente, por lo que el titular cinegético no tendrá que volver a introducir esas capturas. De este modo, ambos sistemas conducen al mismo objetivo: que la Junta disponga de los resultados de la media veda y pueda conocer el número de piezas abatidas.

Infografía oficial sobre la temporada de caza de la codorniz. © JCYL

Para la tórtola se podrá usar CAPTURCYL o una ficha en papel

Con la tórtola común el procedimiento es diferente y, además, ha sido modificado a última hora por la Junta de Castilla y León. La Administración ha corregido la Orden AGR/743/2026 y CAPTURCYL deja de ser obligatorio como única vía de registro. Será el titular cinegético quien determine qué sistema deberán utilizar los cazadores de su coto: la aplicación CAPTURCYL o la ficha de seguimiento de capturas diarias de tórtola habilitada específicamente para esta media veda. Puedes acceder aquí al modelo oficial.

La tórtola solo podrá cazarse en los 682 cotos autorizados dentro del mecanismo de gestión adaptativa. El periodo hábil se extenderá del 29 de agosto al 20 de septiembre de 2026, exclusivamente los sábados y domingos, con un cupo máximo de seis ejemplares por cazador y día. Castilla y León dispone además de un cupo autonómico de 15.309 tórtolas, y la actividad deberá suspenderse en el momento en que la Consejería comunique que se ha alcanzado ese límite.

Si el titular del coto opta por el registro telemático, cada cazador autorizado deberá comunicar sus capturas mediante CAPTURCYL al interrumpir la acción de caza, cuando el arma deje de estar lista para su uso. Pulsa aquí para descargar la aplicación CapturCYL para Android o aquí para iPhone.

Así funciona la ficha en papel para la tórtola

Si el titular cinegético elige el sistema en papel, cada cazador autorizado deberá anotar en la ficha las tórtolas abatidas antes de transportar las piezas fuera del coto. Además, estará obligado a comunicar diariamente al titular cinegético las capturas realizadas, por lo que no basta con rellenar el documento y conservarlo hasta el final de la media veda.

A partir de esa comunicación, será el titular del coto quien asuma la obligación de trasladar los resultados a la Junta. Deberá grabar las capturas en la aplicación web destinada a titulares y gestores cinegéticos en un plazo máximo de 48 horas. Por tanto, la posibilidad de utilizar una ficha en papel no elimina el seguimiento prácticamente inmediato de las extracciones, sino que cambia quién realiza la comunicación digital: en lugar de hacerlo directamente el cazador mediante CAPTURCYL, será el titular quien introduzca posteriormente los datos facilitados por sus cazadores.

Esto significa también que el cazador no puede decidir por su cuenta qué sistema utilizar. Antes de empezar a cazar deberá conocer cuál ha elegido el titular de su coto y ajustarse a él. Si se utiliza CAPTURCYL, el registro corresponde directamente al cazador; si se emplea la ficha, este deberá anotar las piezas antes de sacarlas del coto y comunicar sus capturas diariamente al titular.

Infografía oficial sobre la temporada de caza de la tórtola. © JCYL

Cuidado con no registrar las capturas: las multas llegan a 2.000 euros

No se trata únicamente de una recomendación de la Junta. El registro de las capturas es una obligación recogida expresamente en el artículo 65 de la Ley 4/2021, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León. La propia ley considera infracción leve «incumplir lo dispuesto en el artículo 65 sobre registro de capturas», por lo que no registrar las piezas o incumplir las condiciones establecidas para este control puede dar lugar a un procedimiento sancionador.

Las infracciones leves están castigadas con multas de entre 200 y 2.000 euros y la normativa contempla además la posibilidad de retirar la licencia de caza e inhabilitar al infractor para obtenerla durante un periodo inferior a un año. La cuantía concreta dependerá de las circunstancias y de los criterios de graduación previstos en la propia ley.

Por tanto, para la codorniz habrá que utilizar la ficha proporcionada por el titular y devolverla antes del 21 de septiembre, salvo que las capturas se registren directamente mediante CAPTURCYL antes de abandonar el coto. Para la tórtola, en cambio, habrá que seguir el sistema elegido por el titular cinegético: si opta por CAPTURCYL, el cazador registrará directamente las piezas; si elige la ficha en papel, tendrá que anotarlas antes de sacarlas del coto y comunicar diariamente las capturas al titular, que dispondrá de 48 horas para trasladarlas digitalmente a la Junta.

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