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El Gobierno aprueba la reforma anticaza del Código Penal: 36 meses de cárcel por matar un animal

Pedro Sánchez e Ione Belarra.

El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros este lunes, 1 de agosto, el polémico anteproyecto de ley animalista que ha contado con la oposición de la mayor parte de la sociedad rural española. Pero esa medida, aprobada en pleno periodo vacacional al comenzar el mes de agosto para que pase más desapercibida, no ha sido el único ataque a la caza aprobado por el Gobierno de Sánchez. De hecho, no llega a ser tan grave como la modificación del código penal que puede acabar con la caza y a la que también dieron su visto bueno los ministros ayer. Esta reforma cambiará la consideración de maltrato animal extendiendo la actual cobertura que solo afecta a animales domésticos a todos los animales vertebrados.

Las intenciones son claras y no dejan lugar a dudas, puesto que el Gobierno especifica en la exposición de motivos del borrador: «Sin duda, este cambio enmienda una de las más evidentes carencias del tipo actual, que deja fuera de su ámbito de aplicación supuestos como los recientemente ocurridos en los que algunas personas se dedican a lesionar, maltratar, ahogar, atropellar e incluso acabar con la vida de jabalíes y otros animales salvajes por el mero disfrute personal».

¿Qué reforma plantea el Gobierno?

El Gobierno pretende aprobar así un nuevo artículo 340 que quede redactado de la siguiente manera:

  1. Será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses y con la pena de inhabilitación especial de uno a cinco años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales el que, fuera de las actividades legalmente reguladas y sin estar amparado en las leyes u otras disposiciones de carácter general, por cualquier medio o procedimiento, incluyendo los actos de carácter sexual, cause a un animal vertebrado lesión que requiera objetivamente para su sanidad tratamiento veterinario. Si el delito se hubiera cometido utilizando armas de fuego, el juez o tribunal podrá imponer motivadamente la pena de privación del derecho a tenencia y porte de armas por un tiempo de uno a cuatro años.

Y establece agravantes claramente relacionados con la actividad cinegética:

  1. Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias agravantes:
    a) Utilizar armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud del animal.
    b) Ejecutar el hecho con ensañamiento.
    c) Causar al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
    d) Realizar el hecho por quien tenga confiado el cuidado del animal.
    e) Ejecutar el hecho en presencia de un menor de edad o de una persona especialmente vulnerable.
    f) Ejecutar el hecho con ánimo de lucro.
    g) Cometer el hecho para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico a quien sea o haya sido cónyuge o a persona que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
    h) Ejecutar el hecho en un evento público o difundirlo a través de tecnologías de la información o la comunicación.
    i) Utilizar veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva.

¿Por qué es tan grave para la caza?

Aunque en un principio podría pensarse que la caza no se verá afectada por la reforma al ser una actividad legalmente regulada, lo cierto es que la realidad jurídica es muy distinta y se genera una profunda inseguridad para los cazadores, como ya te explicamos en este artículo. Por otro lado, puede dar lugar a situaciones tan descabelladas como ser juzgado con consecuencias penales por matar una rata que entra en tu casa o por atropellar un animal, si la autoridad competente entiende que lo has hecho a posta. También los ciudadanos se expondrán a castigos penales si, por ejemplo, instalan un sistema para ahuyentar palomas en sus casas y alguna de estas resulta dañada como consecuencia del mismo.

36 meses de cárcel para quien mate intencionadamente a un animal vertebrado

Pero la propuesta de reforma del Código Penal aprobada este lunes difiere de la vista por el Consejo de Ministros el pasado mes de febrero en primera vuelta, ya que entonces se proponía hasta 24 meses de prisión a quien cause intencionadamente la muerte a un animal vertebrado. Ahora serán 36.

       
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