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La Comunidad Valenciana también autoriza la caza como medida de control durante el estado de alarma

Aun así, la Federación de Caza de la Comunidad Valenciana valora que se trata de una autorización «totalmente insuficiente, insatisfactoria y excesivamente compleja que no va a solucionar los problemas de daños a los cultivos».

Daños producidos por jabalí a olivares y naranjos en Valencia. / FCCV

Después de intensas gestiones llevadas a cabo por la Federación de Caza de la Comunidad Valenciana en conexión con las principales asociaciones agrarias de la Comunitat la Dirección General de Medio Natural ha dictado una resolución por la que se permite la caza por control de daños.

En la resolución, que ha firmado el Director General de Medio Natural y de Evolución Ambiental, se autoriza la caza del conejo, conforme a la orden del conejo, y de varias especies silvestres más, como jabalí, corzo, ciervo, muflón, arruí y cabra. Sin embargo, la propia complejidad de la autorización, y el elenco de requisitos que se exige para poder realizar los controles, todos a iniciativa del agricultor afectado, hacen que se trate de una disposición totalmente insatisfactoria e incompleta que no se adecua a las necesidades reales de la situación de sobrepoblación actual de fauna salvaje.

Debido a lo reciente de la noticia, la Federación de Caza realizará en breve un estudio minucioso de la misma y emitirá una valoración más completa y detallada. En todo caso, los servicios técnicos de la Federación estarán a disposición de todos los clubes y federados para el asesoramiento y  consultas que sean necesarias.

Condiciones de aplicación en los controles

– Número de personas participantes: 1 (no se permitirán modalidades colectivas, en parejas o grupos). En el caso de cultivos que presenten la situación de daños y urgencia indicada en apartados anteriores para extensiones superiores a 3 hectáreas, el número de personas autorizadas para actuar individualmente podrá ser de 1 por cada 3 hectáreas o fracción de cultivo.

– Modalidades de caza: Los controles de conejo de monte se efectuarán mediante hurón y escopeta o hurón y redes si afectan a zonas de seguridad. El resto de controles por daños a cultivos se efectuarán mediante esperas diurnas o nocturnas.

– Ámbito del control: la parcela agrícola afectada con un máximo de 100 metros alrededor cuando se trate de conejo y las madrigueras se encuentren fuera de la parcela de cultivo.

– El certificado de desplazamiento justificado para las personas que realicen el control será la resolución en la que deberá figurar el nombre del cazador.

Se extremará la higiene personal mediante el lavado frecuente de manos, el uso de equipos de trabajo y aquellos equipos de protección individual necesarios, siguiendo las recomendaciones de las autoridades competentes.

PINCHE AQUÍ para acceder al documento oficial.

       
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