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Un cazador de 74 años se enfrenta a una multa de 10.000 euros por adoptar a un perro

Antonio Martínez con el cachorro © A. M

La ley animalista ya ha entrado en vigor y con ella las primeras y desproporcionadas sanciones que establece por hacer cosas tan normales como adoptar un perro. Uno de los primeros en sufrirla ha sido Antonio Martínez Navas, un cazador de Tarragona que hace unos días decidió quedarse con un cachorro mestizo de braco alemán y que ahora se enfrenta a una multa de hasta 10.000 euros.

Todo sucedió el pasado 24 de octubre cuando se encontraba en el restaurante de su propiedad, ubicado en el municipio de Rodonyà (Tarragona). Antonio tenía en su interior a una cachorra dentro de un transportín esperando para llevarla al veterinario. Una empleada suya le había comunicado días antes que una amiga de Valencia estaba ofreciendo en adopción a una joven perra mestiza y él se ofreció para acogerla.

Dos agentes del Seprona le denuncian

Esa mañana se presentaron dos agentes del Seprona en su negocio y le preguntaron por la procedencia de la perra. Antonio argumentó que tenía intención de adoptarla y que la tenía en un transportín porque en unas horas bajaría al veterinario del pueblo para ponerle las vacunas correspondientes e identificarla a su nombre.

A pesar de la buena intención del hombre, los agentes procedieron a solicitarle el DNI. «Usted tiene que tener los papeles», le dijo uno de los agentes en la puerta de su brasería, según relata el afectado a Jara y Sedal. Mientras el otro, con su DNI en la mano, se alejó hasta el coche oficial.

Antonio, aficionado a la caza mayor y menor tanto en esta zona de Tarragona como en Huesca, donde tiene una casa de campo, se impacientó al ver que tardaban mucho en devolverle su documentación. «Estará comprobando sus antecedentes penales», le informó el agente que le acompañaba cuando Martínez Navas le preguntó qué sucedía.

Multas de hasta 200.000 euros

Finalmente los agentes le entregaron una propuesta de denuncia conforme a la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que entró en vigor el pasado 29 de septiembre. En ella, y según las palabras de Antonio, se le sancionaría por tener a un perro hembra de tres meses de edad «en malas condiciones higiénico-sanitarias en un habitáculo inadecuado».

Según el Artículo 27 de la ley animalista, queda prohibida la «comercialización, donación o entrega en adopción de animales no identificados y registrados previamente a nombre del transmitente conforme a los métodos de identificación aplicables según la normativa vigente».

Este punto, que es en el que los agentes del Seprona podrían haberse basado para denunciar a Antonio, se considera una infracción leve y conlleva multas de entre 500 y 10.000 euros. También podrían haber tenido en cuenta lo dispuesto en el artículo 26.b) -con una sanción aparejada similar- en el que se especifica que los propietarios de perros deben tener a estos en «habitáculos acordes a sus dimensiones y que los protejan de las inclemencias del tiempo», además de «en buenas condiciones higiénico-sanitarias».

Hay que recordar que las infracciones graves se castigan con multas de entre 10.000 y 50.000 euros y las muy graves entre 50.000 y 200.000.

       
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