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Los cazadores extremeños solo podrán cazar en su municipio de residencia habitual

Perdices con perro ©Ángel Vidal

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado nuevas medidas en la lucha contra el COVID-19 debido al aumento de contagios. La mayoría de estas medidas, según detalla el Diario Oficial de Extremadura, se centran en la restricción de la libertad de circulación de personas con el objetivo de reducir la movilidad en la comunidad autónoma, con una regulación muy similar a la que se había establecido anteriormente para municipios confinados.

Desde hoy mismo y hasta las 24.00 horas del próximo 20 de enero, se restringe la libre entrada y salida de personas en las localidades afectadas, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados. Si bien se permite la circulación de personas residentes dentro de las localidades afectadas, se desaconsejan los desplazamientos y la realización de actividades no imprescindibles.

En cuanto a la actividad cinegética, se prohíbe la entrada y salida de cazadores cuyo lugar de residencia habitual sea de fuera del municipio en el que esté un coto de caza.

Desplazamientos de profesionales

Si bien los desplazamientos de cazadores fuera de su lugar de residencia habitual están prohibidos, se pueden realizar desplazamientos desde municipios aislados perimetralmente a otros para practicar la actividad cinegética de carácter profesional; esto es, si la persona que se desplace acredita el cumplimiento de una obligación laboral, profesional o empresarial.

Para aclarar cualquier duda o para ampliar información, las sociedades locales pueden contactar con las oficinas de la Federación Extremeña de Caza.

Consulta aquí el Diario Oficial de Extremadura

       
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