Se va a publicar de forma inminente en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) una orden por la que se establecen medidas de control de poblaciones cinegéticas que generan daños agrícolas y riesgos de diversa índole durante el estado de alarma.
El Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón ha anunciado que se va a permitir la caza en la Comunidad para el control de poblaciones de animales que generan daños agrícolas. Además, ha articulado medidas para facilitar la incorporación de temporeros a la campaña de la fruta y ha comprometido un calendario de pagos para el sector agroalimentario.
Así lo ha anunciado el consejero de Agricultura, Joaquín Olona, en una reunión que ha mantenido este viernes, vía telemática, con representantes del sector agroalimentario aragonés. En este encuentro, ha detallado que se va a publicar de forma inminente en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) una orden por la que se establecen medidas de control de poblaciones cinegéticas que generan daños agrícolas y riesgos de diversa índole durante el estado de alarma.
«La actividad cinegética expresamente orientada al control poblacional de las especies cuya sobrepoblación ocasiona daños agrícolas graves, supone amenazas sanitarias relevantes para la ganadería o conlleva riesgos apreciables para los ciudadanos y los ecosistemas; no cabe considerarse como una mera actividad recreativa ni deportiva, sino que, en el contexto del COVID-19 y una vez superado el primer mes de estado de alarma, constituye una actividad que debe formar parte de las expresamente declaradas como esenciales, por su repercusión en la cadena alimentaria o la propia seguridad ciudadana», ha manifestado Olona.
Jabalí, conejo, corzo, ciervo y cabra montés
Dicha orden permitirá reanudar los controles poblacionales de jabalí, conejo, corzo, ciervo y cabra montés mediante la acción cinegética y conforme a las disposiciones de la Orden DRS/632/2019, de 27 de mayo, por la que se aprueba el Plan General de Caza para la temporada 2019-2020, así como del Decreto Ley 9/2019, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para el control de la población silvestre de conejo común en la región. La aplicación de la Orden exige una declaración responsable del alcalde sobre la gravedad de los daños y riesgos ocasionados en el municipio afectado.
En ningún caso podrán formarse grupos de más de dos personas, cumpliendo siempre las condiciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias en materia de distanciamiento social y de equipos de protección personal, así como las limitaciones y condiciones vigentes en materia de transporte o cualesquiera otros ámbitos de aplicación. La orden solo es aplicable a cazadores que residan en la Comunidad Autónoma.