La Dirección de Agricultura de Cataluña ha publicado el expediente relativo a la autorización excepcional de control cinegético de conejos por daños a la agricultura en varias zonas de las comarcas del Urgell, Pla de Urgell, el Segrià, Segarra, la Noguera y Garrigues. Esta orden permitirá la movilidad de los cazadores para controlar la especie.
El hecho de que los cazadores de conejo no dispongan de libertad de movimiento, conlleva que en algunas de las zonas agrícolas no se pueda llevar a cabo una adecuada actividad de prevención, dado que los cazadores locales pueden no ser suficientes para hacer frente al problema o que, a pesar de haberlos, falten especialistas en otras modalidades efectivas y complementarias, como la caza con hurón.
Según esta orden, a la que ha tenido acceso Jara y Sedal, los procedimientos de autorizaciones excepcionales para prevenir los daños causados a la agricultura y la ganadería por especies cinegéticas «se consideran indispensables para la protección del interés general dado que la producción agroalimentaria humana se considera actividad de carácter esencial, por lo que, las actuaciones cinegéticas que dispongan de autorización excepcional de caza por daños, se pueden hacer durante toda la semana sin restricción de movilidad dentro de Cataluña».
Los del conejo «son unos daños reiterados en el tiempo y de ámbito delimitado donde es necesario llevar a cabo actuaciones de manera continua y preventiva para mantener las poblaciones de conejo en equilibrio y evitar la sobreabundancia que provoca los conflictos con la producción agrícola», añade la citada orden.