Icono del sitio Revista Jara y Sedal

Castilla y León prohíbe todos los dispositivos nocturnos y térmicos en su nueva Ley de Caza

© Shutterstock

Las Cortes de Castilla y León aprobaron el pasado 23 de junio una nueva Ley de Caza, publicada en el Bocyl el pasado 8 de julio y que entra en vigor este domingo, 8 de agosto. Entre las novedades llama la atención la redacción un tanto confusa del artículo que legisla el uso de dispositivos auxiliares en el que no queda muy claro si está permitido o no utilizar dispositivos nocturnos y térmicos no acoplados al arma para la caza del jabalí en espera, por poner un ejemplo. Para salir de dudas, Jara y Sedal ha contactado con la Consejería de Medio Ambiente.

Según el artículo 34 de la nueva ley, «se prohíbe el empleo de las fuentes luminosas artificiales, espejos o dispositivos para iluminar los blancos o dispositivos de visor que incluyan un convertidor de imagen o un amplificador de imagen electrónico para tiro nocturno, incluidos los visores térmicos». Si bien parece quedar claro que están prohibidos a continuación puede leerse: «No obstante, por razones de seguridad, no existiendo otra solución satisfactoria que permita identificar el blanco sobre el que se dispara y para evitar disparos accidentales sobre las personas, sus bienes o sobre especies animales distintas de las autorizadas, en los aguardos o esperas de especies de caza mayor que se lleven a cabo fuera del periodo comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta podrán usarse fuentes luminosas artificiales emisoras de radiación en el espectro visible, montadas o no en el arma, si bien solamente en el momento del lance o disparo».

La Consejería aclara las dudas

Con el fin de aclarar si pueden utilizarse en esta comunidad autónoma los monoculares o binoculares de visión térmica o nocturna no acoplados a un arma, desde Jara y Sedal hemos pedido una aclaracíón a la propia Administración y esta ha sido su respuesta: «Si el dispositivo (monocular o binocular) es usado en acción de cazar, es decir, que el cazador lo está usando ya sea montado en el arma o simplemente para observar o rastrear una ladera o mancha, acompañado de rifle u otro medio de caza, como si de unos prismáticos se tratase, estaría contraviniendo la norma». Por lo que se entiende, ahora sí, que este tipo de dispositivos -aunque no se lleven acoplados al arma-, están prohibidos en Castilla y León.

       
Salir de la versión móvil