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¿Qué cambios trae la nueva Ley de Caza de Castilla-La Mancha? Pros y contras

En el siguiente artículo te contamos qué elementos van a cambiar, para mejor y para peor, tras la aprobación de la nueva y polémica Ley de Caza de Castilla-La Mancha.
19/3/2018 | Redacción JyS

Shutterstock.

El pasado 15 de marzo tuvo lugar el pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha en el que se aprobó la nueva ley de caza. Esta nueva regulación, que contó con los votos a favor de PSOE y Podemos, modifica la anterior, que databa de 2015.
La aprobación de esta nueva ley ha sido especialmente celebrada por los distintos grupos ecologistas, que la han visto como un triunfo, y duramente criticada por el sector de la caza, que ha clamado en las redes sociales y los medios de comunicación contra PSOE y Podemos por llevarla adelante sin el consenso que debería.
Aunque es polémica e introduce nuevos aspectos que suponen una merma para los derechos de los cazadores, el nuevo texto también incorpora mejoras con respecto a la anterior. A continuación explicamos los principales cambios: estos son los pros y los contras de este nuevo texto.

El calibre .22 y menores y el .17HMR quedan prohibidos para cazar

Pese a que la prohibición del calibre .22 para el ejercicio de la caza ya estaba contemplada en la anterior legislación, en esta nueva Ley se recoge que quedarán prohibidos todos los calibres menores a este. Anteriormente, calibres como el .17 HMR eran comunes en las tareas de gestión de poblaciones -por ejemplo, en el control de depredadores como zorros-.

Prioridad para los seteros, ciclistas, senderistas… frente a los cazadores en terrenos públicos.

Inclusive el día anterior a la cacería. La Ley establecía que desde las 72 horas previas a la celebración de una batida o montería se debía -y debe- señalizar correspondientemente en los caminos de entrada a la mancha a cazar. En ese periodo de tiempo y hasta que acabase la cacería no se podía entrar en esos terrenos. No obstante, ahora no se prohíbe expresamente transitar por estas zonas.
Además, según explica la Fundación Artemisan, pasa a ser considerado como infracción grave el hecho de que se «realicen actuaciones que de modo directo o indirecto puedan producir restricciones en el libre tránsito de caminos o vías de uso público». Asimismo, advierten de que el hecho de que no se concrete qué actuaciones son susceptibles de ser denunciadas genera una grave inseguridad jurídica.
Asimismo las zonas de seguridad se amplían a parques eólicos y senderos públicos. Además, las sanciones en caso de no respetar estas zonas se considerarán como ‘graves’.

Eliminación del lanceo del jabalí

Esta prohibición se ha considerado y aprobado «por desarraigo, insostenibilidad e incompatibilidad futura con la Ley de Bienestar de animales domésticos». Sin embargo, desde Artemisan explican que se ha eliminado la aprobación del uso de la lanza como arma pero no de la garrocha -utilizada actualmente en esta modalidad-. Por lo que nuevamente nos encontramos con una norma abierta a la interpretación.

Obligatoriedad de descarga siempre del arma de fuego y arco a menos de 50 metros frente a no cazadores.

Este punto es muy polémico porque abre la puerta a los boicot animalistas de las cacerías, como ya vimos la semana pasada en el protagonizado, ente otros, por la candidata de Podemos a la alcaldía de Marbella. Si alguien se acerca a un cazador mientras aguarda a su presa este ya no podrá disparar a la pieza, a pesar de estar realizando una actividad legal y pagar sus correspondientes impuestos por ello.

Prohibición de abatir animales asilvestrados

Los animales asilvestrados que se encuentren en un coto de caza, tales como perros y/o gatos, tendrán que ser capturados en vivo.

Autorización a los agentes medioambientales (forestales) para poder decomisar armas

La Guardia Civil ya ha explicado que no podrán hacerlo, por lo que se crea un planteamiento de inseguridad jurídica hacia el cazador que queda a merced de la interpretación de un agente.

Derogación del aguardo nocturno del jabalí como modalidad

Este aspecto quizá haya sido uno de los que más polémica ha creado entre los cazadores. Según explica Luis Fernando Villanueva a Jaraysedal.es, no se van a prohibir las esperas en Castilla-La Mancha. Lo que sí se produce es una inseguridad jurídica, una más, debido a que la ley no contemplará la caza nocturna, aunque se espera que el reglamento que regula la ley si que recogerá los aguardos como modalidad.
¿En qué casos se permitirán las esperas? En tres supuestos diferentes: cuando la Administración considere probados los daños a los cultivos, cuando un Plan Técnico de Caza de un coto los recoja como modalidad y cuando se recoja en las órdenes de veda. El problema se daría en caso de que un juez tenga que interpretar este aspecto.

Aspectos positivos

Los responsables por daños a la agricultura en zonas seguridad serán los titulares.

El texto establece que «Se deriva la responsabilidad por daños a la agricultura a los dueños de las zonas de seguridad cuando el origen de dichos daños sean estos terrenos (Titulares de carreteras, vías de tren, vías pecuarias, caminos públicos…)».

Se permitirá cebar para la realización de aguardos

Además estará permitido también este tipo de práctica para concentrar animales en las manchas donde se vaya a realizar una montería o gancho.

Rebajas para cotos federados

Los cotos que decidan federarse verán cómo, gracias a esta ley, sus costes se reducen hasta en un 30%.

Exención de tasas para jubilados

A partir de la entrada en vigor de esta nueva normativa, los jubilados estarán exentos del pago de las tasas al obtener sus licencias de caza -también válido para las de pesca-.

Recuperación de la figura de coto social

El problema que se genera en este aspecto es que muchos de estos cotos acaban de renovar su documentación para varios años y no podrán cambiar su estatus.

Pasa de grave a leve la sanción por impago de matrícula

Los acotados que no paguen la matrícula correspondiente a partir de ahora incurrirán en una falta leve, a diferencia de la anterior legislación que establecía como grave este tipo de infracciones. 

Aumento de la sanción por recoger desmogues sin autorización

Se incrementa a sanción grave la recogida de desmogues sin autorización del titular del terreno cinegético.

Se recupera la figura de vigilante de coto privado de caza

Está desapareció con la anterior ley.

Se reduce la zona de seguridad de un río

Está pasará a la consideración de zona de servidumbre y tendrá una distancia de 5 metros

Los cazadores extranjeros no tendrán que pasar examen para obtener la licencia

Para que un cazador de otro país cace en la región bastará con que esté supervisado por un cazador, titular cinegético u organizador que cumpla los requisitos.

Se autoriza la caza en días de nieve

Se podrá cazar cuando el espesor de esta no supere los 15 centímetros. Sólo se podrá aplicar a monterías, batidas, ganchos y ojeos.

Nuevas creaciones de acotados

Para la creación de un coto de caza, hasta ahora era necesaria la autorización del 100% de las firmas de los titulares cinegéticos, a partir de ahora será suficiente con el 60%, no obstante los titulares de los terrenos con los que no se hayan establecido contratos de arrendamientos podrán salir del acotado cuando consideren.

Precintado de piezas

Con la ley aún en vigor era necesario la instalación de un precinto al abatir un animal, ahora se obliga su instalación una vez se haya salido de los límites del acotado.

Sanciones por exceder el cupo

Eliminación de la sanciones graves al exceder los cupos establecidos.

Control de predadores

Las autorizaciones para control de predadores mediante métodos homologados podrán venir contempladas en los Planes de Ordenación Cinegética (excepto en los cuarteles comerciales que serán excepcionales como actualmente).

       
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