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El Gobierno obliga a los ganaderos a comunicar una estimación de los gases de sus vacas

Vacas. © Shutterstock

El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes el real decreto que regula el registro general de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) en explotaciones ganaderas, así como el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería. Su puesta en marcha supondrá que los ganaderos deberán comunicar a la Administración la estimación de las emisiones de sus explotaciones.

Obligados a comunicar el metano de los eructos de las vacas

Según explica el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en su web, la cría de animales puede tener un impacto en el medio ambiente debido a la posible contaminación del agua superficial y subterránea, del aire -fundamentalmente con amoniaco, aerosoles o microorganismos-, los residuos de medicamentos veterinarios generados en el agua o el suelo o bien los gases de efecto invernadero que se producen.

Por todo ello, la norma que entrará en vigor el 2 de enero de 2023 establece el contenido mínimo de la información que los ganaderos deberán comunicar en cuanto a la estimación de las emisiones de su ganado, entre las que se incluyen los gases fruto del complejo sistema digestivo de algunos animales como las vacas: es decir el metano de sus eructos.

Una vaca descansa en una explotación ganadera. © Shutterstock

Para facilitar esta tarea, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha puesto a disposición de los ganaderos la herramienta ECOGAN, un sistema informatizado de intercambio de información.

Mejoras técnicas en las granjas españolas

ECOGAN permitirá además conocer el grado de implantación de las mejores técnicas disponibles en las granjas españolas y posibilitará que el efecto de la reducción de emisiones, derivado de la aplicación de dichas técnicas, se refleje en los informes que anualmente publica el Sistema Español de Inventario (SEI), con validez comunitaria e internacional.

La declaración de las mejores técnicas disponibles aplicadas en la explotación ganadera deberá notificarse a la autoridad competente de la comunidad autónoma correspondiente a través del formato establecido por ésta.

La adopción de este real decreto forma parte de las reformas contempladas en el del Componente 3 -Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero- del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que gestiona el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

       
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