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¿Cuándo se puede cazar el corzo en mi comunidad? Recopilamos todas las fechas

Corzo. © Shutterstock

Cada comunidad autónoma establece sus propias fechas para la caza del corzo y estas, como bien saben los aficionados a su caza, son diferentes en el caso de las hembras y los machos. Para conocer bien cuáles nos atañen, es necesario consultar las órdenes de vedas de cada territorio español.

A continuación facilitamos un listado dividido por comunidades y ordenado de manera alfabética de cara a la temporada del duende del bosque que está a punto de comenzar para que conozcas cuál es la época en la que se pueden cazar corzos en tu zona.

Andalucía

Desde el 1 de marzo hasta el 15 de abril y del 10 de julio hasta el 15 de agosto. Días hábiles: todos.

De igual forma, se podrá realizar la caza a rececho de hembras para el control de poblaciones desde el 15 de noviembre hasta el 15 de enero.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Aragón

Machos y hembras en batidas de jabalí: del 18 de septiembre al 26 de febrero.

Machos y hembras a rececho, al rastro y esperas en Anexo V: del 1 de marzo al 15 de noviembre.

Machos a rececho, al rastro y esperas fuera del Anexo V: del 1 de abril al 15 de noviembre.

Hembras a rececho, al rastro y esperas fuera del Anexo V: del 15 de septiembre al 26 de febrero.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Cantabria

Rececho de machos: del 1 de abril al 31 de julio y del 1 al 30 de septiembre.

Batidas y recechos de hembras: del 15 de enero al 15 de febrero de 2024.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2023/2024 completa.

Castilla – La Mancha

Machos: del 1 de abril al 31 de julio y del 1 al 30 de septiembre.

Hembras (si está autorizada su caza en el plan técnico): del 1 de diciembre al 1 de febrero.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Castilla y León

Para ambos sexos, del 1 de abril al 7 de agosto y del 1 de septiembre al 9 de octubre. En el caso de las hembras, también del 1 de enero al 26 de febrero.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Cataluña

Machos y con los métodos de aguardo o rececho: del 2 de abril al 20 de agosto.

Ambos sexos y con cualquier método: del 3 de septiembre al 26 de noviembre.

Hembras y con cualquier método: del 7 de enero al 31 de marzo de.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Comunidad de Madrid

Machos: desde el 1 de abril hasta el 31 de julio.

Ambos sexos: desde el 1 de septiembre hasta el 15 de octubre.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Comunidad Foral de Navarra

En batida y montería: del 15 de agosto al 26 de febrero.

En rececho: del 1 de abril al 31 de julio.

Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos. Recechos, todos los días.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Extremadura

Recechos en abierto: del 1 de abril al 31 de julio.

Recechos en fincas cerradas: del 1 de abril al 30 de septiembre.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Galicia

Machos: desde el 20 de agosto hasta el 15 de octubre.

A rececho en terrenos sometidos a régimen cinegético especial: desde el 1 de abril hasta el 31 de julio.

Días hábiles: sábados, domingos y festivos. Recechos, todos los días.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

La Rioja

En batida: del 4 de septiembre al 19 de febrero.

Macho en rececho: del 7 de abril al 6 de agosto.

Hembra en rececho: del 1 de enero al 13 de marzo.

Días hábiles: sábados, domingos y festivos. Recechos, todos los días.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

País Vasco

Álava

Machos en rececho y hembras: del 1 de abril al 30 de junio y del 1 al 31 de octubre.

En batida, ambos sexos: del 1 al 31 de octubre.

Solo hembras en rececho y batidas: del 1 de enero al 28 de febrero.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Vizcaya

Hembra a rececho: del 15 de noviembre al 31 de enero.

Macho en rececho: del 15 de abril al 30 de junio.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Guipúzcoa

Hasta el 2 de abril de 2023 y desde el 22 al 31 de abril de 2023.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Principado de Asturias

Macho en rececho: del 1 de abril al 30 de junio y del 1 de septiembre al 31 de octubre.

Macho en batida: del 1 de septiembre al 31 de octubre.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

Región de Murcia

En rececho y batida desde el 1 de mayo hasta el 12 de febrero.

Aquí puedes consultar la Orden de Vedas 2022/2023 completa (en vigor hasta que se publique la correspondiente a la temporada 2023/2024).

       
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