El Congreso de los Diputados ha recibido una propuesta de modificación de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad para descatalogarlo como especie exótica invasora y frenar el plan de exterminio.
2/6/2017 | FUNDACIÓN ARTEMISAN 

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Hace aproximadamente un año, el Arruí (Ammotragus lervia) recibió una sentencia de muerte por parte del Tribunal Supremo, como consecuencia de su catalogación como especie exótica e invasora tras un recurso presentado por SEO/BIRDLIFE, Ecologistas en Acción y AEMS Ríos con Vida. Esta decisión consideraba que el Arruí (introducido en 1970 en Murcia) ocasionaba daños “a la fauna autóctona, el medio ambiente y los hábitats y ecosistemas”, por lo que se instaba a la Región de Murcia a su inmediata erradicación. Precisamente en Sierra Espuña es donde la especie cuenta con su población más importante y a partir de ésta se fue expandiendo a las provincias limítrofes.
En base a un trabajo de investigación periodística avalado por el testimonio de científicos de reconocido prestigio como Jorge Cassinello (CSIC) y Alfonso San Miguel (Universidad Politécnica de Madrid) la Fundación Artemisan denunció que la decisión tomada por el Supremo y ejecutada por la administración regional de Murcia no tuvo en cuenta los estudios que avalaban la importancia ecológica del Arruí para los lugares en los que se encontraba la especie. Estos científicos alertaban de que, en ausencia de ganado, el arruí actuaba como un “ingeniero de nuestros montes”, preservando hábitats de alto valor ecológico, sin olvidar su papel primordial en la prevención de incendios forestales.
A su vez, los científicos destacaban el papel que los arruís ibéricos podrían jugar para la conservación de la especie a nivel mundial, dado que en sus zonas de origen en el norte de África, las poblaciones están en clara regresión y en peligro real de desaparición. Esto supone un contrasentido desde el punto de vista de la conservación de la biodiversidad.
En esta investigación, la Fundación Artemisan alertaba de la pérdida de recursos económicos derivados de la actividad cinegética en la Región de Murcia, que durante los últimos 50 años ha atraído a un gran número de cazadores y turistas en la búsqueda del último reducto europeo del carnero del Atlas. Como consecuencia directa de la decisión del Tribunal Supremo, varios establecimientos hosteleros han cerrado y la actividad de varias empresas cinegéticas ha quedado suspendida.
Si esta modificación de la Ley cuenta con el suficiente apoyo, podría detenerse el actual plan de erradicación en base al que se están abatiendo arruís en Sierra Espuña. Y se abriría una nueva oportunidad para que las futuras generaciones contemplen al “carnero de Berbería” en las cumbres de Murcia, especie que muchos murcianos consideran como suya.